El límite interprovincial actual entre San Juan y La Rioja está fijado formalmente por la Ley Nacional 18.004 sancionada en 1968, aunque actualmente atraviesa un periodo de tensión y un nuevo reclamo legal por parte de La Rioja
La reactivación del reclamo territorial por parte de la provincia de La Rioja sobre áreas estratégicas del departamento Iglesia y el Parque Provincial Ischigualasto (Valle de la Luna) ha reabierto un debate histórico en la región de Cuyo, según se desprende de las recientes presentaciones y declaraciones públicas de sus autoridades.
Ante la inminencia de una presentación judicial ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificada por el propio gobernador riojano, Ricardo Quintela, en declaraciones a medios de la región, la administración de La Rioja introdujo una propuesta política transitoria: establecer un «cogobierno» o administración compartida sobre el territorio en disputa para evitar que el litigio paralice el desarrollo económico de la zona.
La iniciativa, sin embargo, encendió las alarmas políticas e institucionales en San Juan. Desde el arco legislativo sanjuanino, el diputado bloquista Federico Rizo rechazó la propuesta, calificándola de inviable y de responder a maniobras políticas para desviar la atención de la gestión riojana, según expresó en declaraciones públicas difundidas por la prensa provincial.

La propuesta de Quintela: ¿En qué consiste el «cogobierno»?
De acuerdo con lo expresado por el mandatario riojano, la iniciativa no se traduce por el momento en un proyecto técnico formalizado en leyes, sino en un planteo político de voluntad de negociación dirigido al gobierno sanjuanino.
La premisa planteada desde La Rioja sostiene que, mientras la Justicia analiza los argumentos históricos y geográficos para dictar un fallo definitivo, el territorio y sus recursos no deben quedar paralizados por la inseguridad jurídica. En ese sentido, las autoridades riojanas aclararon que la idea no contempla modificar la ciudadanía civil ni la identidad de los habitantes de Iglesia, quienes mantendrían la jurisdicción civil tradicional, padrón electoral, escuelas, policía y sistema de salud de San Juan, según lo planteado por el propio gobernador y su equipo técnico.
El foco del esquema de administración conjunta propuesto se centra en el plano económico y fiscal: busca que la recaudación impositiva y las regalías mineras y turísticas de la franja en conflicto se distribuyan de manera equitativa entre ambas provincias.
El espejo del Norte y el factor minero
Para sustentar la viabilidad de esta iniciativa en el debate público, sectores vinculados al gobierno riojano, como el Licenciado Mauricio Guerrero, han puesto como referencia el acuerdo limítrofe y minero vigente entre las provincias de Salta y Catamarca en la región de la Puna, el cual opera bajo lineamientos específicos:
- Reserva de derechos territoriales: La firma de dichos convenios estipula que no existe renuncia ni cesión de la soberanía histórica, manteniendo los reclamos de fondo ante el Congreso o la Justicia de carácter transitorio y comercial.
- División equitativa de beneficios económicos: Se contempla la distribución en partes iguales (50%) de las regalías mineras en proyectos fronterizos compartidos y la liquidación unificada de impuestos locales como Ingresos Brutos y sellos.
- Autoridad técnica interprovincial: Se prevé la conformación de Comités de Gestión conjuntos entre áreas de Minería y Ambiente para unificar controles y auditorías empresarias.
- Cupo de empleo y proveedores locales: Se establecen pautas para que las contratistas empleen de manera equilibrada mano de obra y servicios de las comunidades de ambas jurisdicciones.

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El trasfondo de esta tensión económica y territorial gira en torno al valor estratégico del distrito minero Vicuña, que concentra proyectos de cobre y oro de escala global como Josemaría, Filo del Sol y Lunahuasi. Mientras que el reclamo de La Rioja busca incorporar áreas con potencial productivo para captar recursos fiscales, la administración y los sectores legislativos de San Juan advierten que la maniobra apunta a disputar los ingresos exclusivos generados por los yacimientos emplazados en su jurisdicción histórica.

El debate en las bancadas: Las posturas de los legisladores
La controversia escaló al plano parlamentario con visiones contrapuestas expuestas por referentes legislativos de ambas provincias:
- La postura de San Juan: El diputado provincial Federico Rizo rechazó cualquier tipo de negociación sobre el statu quo. Según argumentó el legislador bloquista, el reclamo carece de fundamento jurídico y respaldó la soberanía sanjuanina amparándose en las leyes provinciales, la legislación nacional vigente y los registros inmobiliarios formalmente asentados. Asimismo, desestimó la estrategia de La Rioja calificándola de una maniobra política para encubrir la gestión provincial.

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- La postura de La Rioja: Por su parte, el presidente del Bloque Justicialista de la Cámara de Diputados de La Rioja, Cristian Pérez, salió al cruce de las descalificaciones y defendió la vía institucional y judicial elegida por su provincia. Amparándose en los artículos 127 y 75 (inciso 15) de la Constitución Nacional, Pérez sostuvo, en respuesta directa a los dichos de Rizo, que los límites no se establecen a base de agravios y que el debate debe contemplar antecedentes históricos profundos que exceden el decreto-ley de 1968 dictado durante un gobierno de facto.

Art. 127.- Ninguna provincia puede declarar, ni hacer la guerra a otra provincia. Sus quejas deben ser sometidas a la Corte Suprema de Justicia y dirimidas por ella.
Art. 75 (inciso 15) Arreglar definitivamente los límites del territorio de la Nación, fijar los de las provincias, crear otras nuevas, y determinar por una legislación especial la organización, administración y gobierno que deben tener los territorios nacionales, que queden fuera de los límites que se asignen a las provincias.
De este modo, el conflicto se mantiene abierto entre la negativa rotunda de San Juan a negociar sus registros vigentes y la insistencia de La Rioja en dirimir el diferendo en los tribunales federales