La licencia social minera necesita certezas

La licencia social minera necesita certezas
EDITORIAL EL ANCASTI

Bajo la consigna, ya familiar en el discurso oficial, de reducir el «sobredimensionamiento» de las estructuras estatales, el Gobierno nacional avanzó en las últimas semanas con una decisión polémica en materia de control a la actividad minera. A través de la Resolución 64/2026 de la Secretaría de Minería, la administración de Javier Milei eliminó el Proyecto Federal de Fortalecimiento de Capacidades de Monitoreo de Variables Ambientales de la Minería, creado en 2022 mediante la Resolución 53 con el objeto de sostener, de manera coordinada entre la Nación y las provincias, la cooperación técnica y financiera necesaria para supervisar los efectos colaterales de la explotación minera a gran escala.

El proyecto permitía a las autoridades provinciales acceder a tecnología, financiamiento y equipamiento científico que, de otro modo, quedan fuera de su alcance. Para provincias como Catamarca, ese respaldo federal era una herramienta para ejercer un control real sobre los pasivos ambientales de la megaminería y no depender exclusivamente de declaraciones juradas de las propias empresas.

Al justificar la baja del programa, el Gobierno sostuvo que su implementación «debe ser reemplazada por mecanismos alternativos más eficientes». La fórmula, sin embargo, no encuentra correlato en ningún desarrollo posterior del texto oficial: la norma no especifica qué mecanismos vendrían a sustituir al proyecto derogado, bajo qué órbita presupuestaria funcionarían ni con qué equipos técnicos contarían las provincias para asumir una tarea que, hasta ahora, se ejecutaba con apoyo federal. Los anexos técnicos que acompañan la medida revelan que el nuevo esquema de control que se insinúa es de naturaleza fundamentalmente documental, sustentado en declaraciones y en registros digitales, sin que se prevea una instancia de auditoría nacional que verifique en el terreno lo que las empresas informan en sus papeles.

La minería necesita, para operar sin conflictos en las comunidades donde se asienta, controles independientes, creíbles y con capacidad de verificación efectiva.

La Resolución 64/2026 no se limita, además, a este único desguace. La misma norma deja sin efecto el Plan Nacional de Minería Social y los esquemas de asistencia financiera destinados a que municipios y provincias pudieran desarrollar infraestructura minera básica, cancela el Plan Estratégico para el Desarrollo Minero Argentino (Resolución 47/2020) y disuelve la Red Federal de Mujeres Mineras Argentinas (Resolución 255/2021). El patrón que se desprende de este conjunto de bajas normativas es el de un repliegue deliberado y sistemático del Estado nacional en todas en el control de la minería en general.

La denominada «licencia social» que la minería necesita para operar sin conflictos en las comunidades donde se asienta necesita de la certeza de que existen controles independientes, creíbles y con capacidad de verificación efectiva. Un esquema que reemplaza la supervisión técnica por la autodeclaración documental no es el mejor incentivo para desarrollar esa confianza.

El Estado debe garantizar que la explotación de los recursos naturales no comprometa, de manera irreversible, el patrimonio ambiental de las provincias que los albergan. Las últimas medidas del Gobierno nacional, debilitando las capacidades provinciales, avanzan exactamente en la dirección contraria

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