La Legislatura de Mendoza le dio sanción final a la autonomía municipal y se hará un plebiscito para confirmarla o rechazarla

La Legislatura de Mendoza le dio sanción final a la autonomía municipal y se hará un plebiscito para confirmarla o rechazarla
 La Legislatura de Mendoza le dio sanción final a la autonomía municipal. Foto: Prensa Legislatura de Mendoza
El Senado convirtió en ley la enmienda constitucional para avanzar en la autonomía municipal en los 18 departamentos.
Por Sitio Andino y Los Andes

La iniciativa impulsada por el Gobierno de enmienda constitucional que consagra la autonomía municipal en la provincia se convirtió en ley este martes en la Legislatura de Mendoza, tras la sanción del proyecto en el Senado. Ahora, deberá ser sometida a plesbicito.

Al obtener la aprobación, el próximo paso es la consulta popular, ya que se trata de una reforma de la Constitución provincial, que se realizaría en las elecciones provinciales de 2027. Si la mitad más uno de los electores la avala, el Ejecutivo deberá promulgarla y entrará en vigencia.

Luego de un extenso debate en el recinto, la propuesta fue sancionada por 28 votos afirmativos y 10 negativos. El oficialismo logró la mayoría especial con el apoyo del kirchnerismo (senadores Omar Parisi y Félix González). También recibió el voto del senador Duilio Pezzuti.

Qué dice el proyecto de enmienda constitucional del Gobierno de Mendoza

La iniciativa consta de una enmienda del artículo 197 de la Carta Magna, para incorporar la autonomía municipal en los 18 departamentos. Aquellas comunas que decidan no hacerlo continuarán regidas por la Ley Orgánica de Municipalidades.

El texto establece que, en el ejercicio de su autonomía, los municipios organizarán sus instituciones, competencias y procedimientos dentro de las materias propias del orden local, sin invadir atribuciones provinciales o nacionales. La enmienda tiene los siguientes ejes:

  • Reconocimiento formal de la autonomía municipal en la Constitución.
  • Habilitación para que los municipios dicten su propia carta orgánica. Una vez sancionada, cada Convención Municipal notificará a la Legislatura el texto sancionado, en un plazo de treinta días.
  • Restricción a la creación de nuevos impuestos municipales.
  • La autonomía no será obligatoria: cada municipio podrá decidir si dicta su propia carta orgánica.
  • La Legislatura elaborará una Ley Marco de formación de regiones entre los municipios.

A su vez, se deja explícito que la Provincia garantizará la participación comunal en el régimen de coparticipación.

Qué cambia con la autonomía municipal

Entre los principales puntos de la nueva redacción del artículo 197, el proyecto habilita a los municipios a definir aspectos centrales de su organización institucional mediante sus propias Cartas Orgánicas.

La iniciativa también establece límites al esquema de autonomía, como es la prohibición de crear impuestos. Se mantendrá el control del Tribunal de Cuentas y la intervención del Fiscal de Estado sobre las administraciones municipales.

Además, los municipios podrán dictar sus Cartas Orgánicas a través de convenciones específicas. En los casos en que no avancen en ese proceso, continuará vigente la actual Ley Orgánica de Municipalidades.

Uno de los cambios respecto del proyecto del Gobierno fue que las cartas orgánicas no serán sometidas a una nueva votación en la Legislatura, tras aprobarse en sus departamentos.

Otro párrafo añadido por solicitud del diputado opositor Jorge Difonso fue el siguiente: “En el ámbito de la autonomía municipal prevista en el presente artículo, la Legislatura elaborará una ley marco de formación de regiones entre municipios”.

El peronismo mantuvo su rechazo al tratamiento de la iniciativa y cuestionó el avance del proyecto en medio de la judicialización del proceso de autonomía impulsado por el municipio de San Rafael.

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