Nuevo marco regulatorio para la protección de glaciares

Nuevo marco regulatorio para la protección de glaciares

El Gobierno oficializó la Ley 27.804 que modifica el régimen de protección de glaciares. Los cambios establecen nuevos criterios técnicos basados en la función hídrica y otorgan a las provincias la facultad de gestionar las actividades económicas en áreas periglaciares.

Minería Sustentable

El Poder Ejecutivo Nacional oficializó, mediante el Decreto 271/2026, la modificación de la normativa que regula la protección de los cuerpos de hielo en Argentina. La nueva Ley 27.804 reemplaza criterios de la anterior Ley 26.639 y establece parámetros técnicos específicos para determinar qué áreas del ambiente periglaciar están sujetas a restricciones de actividad económica.


Modificaciones en el alcance de la protección ambiental

La reforma introduce un criterio de demarcación basado en la función hídrica. A diferencia del marco anterior, la normativa actual establece que:

  • Criterio Técnico: Se protegen los glaciares y geoformas periglaciares que actúen como reservas de agua comprobadas.

  • Ambiente Periglaciar: Las restricciones de actividad se aplicarán sobre aquellas áreas que cumplan una función reguladora del recurso hídrico, conforme a estudios científicos.

  • Evaluaciones de Impacto: Se sustituye la prohibición general por un sistema de evaluación de impacto ambiental individualizado para cada proyecto.

Descentralización y facultades provinciales

Un eje central de la ley 27.804 es la adecuación a las facultades jurisdiccionales previstas en la Constitución Nacional. Bajo este nuevo esquema:

  1. Autoridad de Aplicación: Las provincias tienen la facultad de evaluar y definir, en sus respectivos territorios, qué zonas integran el sistema de protección.

  2. Gestión de Recursos: La reforma ratifica el dominio originario de las provincias sobre sus recursos naturales, permitiendo que las autoridades locales aprueben o rechacen actividades económicas en base a los informes técnicos.

  3. Rol del IANIGLA: El Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales mantiene la responsabilidad del Inventario Nacional de Glaciares, pero actúa como órgano técnico de consulta sin capacidad de veto sobre las decisiones jurisdiccionales.


Procedimientos técnicos y participación ciudadana

La normativa establece procedimientos administrativos para la modificación del inventario y la autorización de actividades:

  • Principio Precautorio: Las geoformas inventariadas mantienen su estatus de protección hasta que un estudio técnico demuestre la ausencia de función hídrica.

  • Evaluación Ambiental: Todo proyecto en zona periglaciar debe presentar una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y, en casos específicos, una Evaluación Ambiental Estratégica.

  • Transparencia: Se garantiza el acceso a instancias de participación ciudadana antes de la aprobación de proyectos en áreas sensibles.

Datos de la sanción legislativa

La ley fue sancionada el 9 de abril de 2026 por el Congreso de la Nación, obteniendo 137 votos afirmativos, 111 negativos y 3 abstenciones. Actualmente, la reforma enfrenta presentaciones judiciales en distintas jurisdicciones que cuestionan su constitucionalidad frente a las leyes de presupuestos mínimos ambientales.


Comparativa de la normativa de glaciares

Categoría Ley 26.639 (2010) Ley 27.804 (2026)
Protección Periglaciar Amplia y taxativa Sujeta a función hídrica comprobada
Autoridad decisoria Nacional / Organismos técnicos Provincial / Autoridades locales
Régimen de actividad Prohibición de actividades industriales Autorización bajo impacto ambiental
Inventario Vinculante para restricciones Referencia técnica para la gestión

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