El Ministerio de Minería declaró la responsabilidad de la empresa ante el incidente que ocurrió en marzo pasado sobre ruta 60.
Sustento técnico
En primer lugar, el Informe Interno N.º 12/2026 de la Dirección de Policía Minera identifica fallas críticas en la prevención, entre ellas el exceso de velocidad del vehículo, la ausencia de kits antiderrames y la falta de capacitación del personal para actuar ante contingencias. Asimismo, deja constancia de la existencia de infracción y establece los parámetros técnicos para la determinación de sanciones económicas.
A su vez, el informe del Departamento de Evaluación de Programas Especiales, del 7 de abril de 2026, profundiza el análisis mediante verificaciones in situ realizadas los días 30 de marzo y 6 de abril, incorporando registro fotográfico y evaluación de la evolución del sitio intervenido, lo que permite constatar la efectividad de las tareas de remediación.
De manera concordante, la Secretaría de Desarrollo Minero concluye que, si bien el transporte se realizaba con las autorizaciones correspondientes, el impacto ambiental generado fue acotado espacialmente, transitorio, reversible y técnicamente mitigado, sin registrarse afectación permanente de componentes ambientales sensibles ni pasivos ambientales persistentes.
Finalmente, el conjunto de actuaciones técnicas coincide en señalar la existencia de negligencia operativa por parte de la empresa LIEX S.A., evidenciada en incumplimientos concretos en materia de control del transporte, prevención de derrames y capacitación del personal