Alivio fiscal por las inundaciones, con sabor a poco para las pymes bahienses

Los paliativos que recibirán las empresas locales no están en consonancia con la magnitud de la catástrofe.

Foto: archivo La Nueva.

Andrés Robledo y Victoria Lassalle (*) 

A más de un mes de la inundación que afectó a nuestra ciudad, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) publicó medidas de alivio fiscal para determinados contribuyentes. Estas disposiciones, establecidas por Resolución General N° 5671/25 (B.O. 10.04.2025), se aplicarán hasta diciembre 2025.

Recordemos que el Gobierno Provincial ya había previsto algunos paliativos como, por ejemplo, la exención del Impuesto Inmobiliario para el 2025 y de la primera cuota del Impuesto Automotor. Pero con respecto a Ingresos Brutos, solo se prorrogó el pago de febrero 2025 (los monotributistas no pagarán febrero ni marzo 2025).

Por su parte la Municipalidad de Bahía Blanca dispuso, entre otras medidas, la exención total o parcial de la Tasa de Seguridad e Higiene por 180 o 90 días, según los ingresos de los contribuyentes.

¿Qué medidas estableció ARCA?

Recordemos que ARCA fiscaliza y recauda tributos nacionales (IVA, Impuestos a las Ganancias, Bienes Personales, Aportes y Contribuciones de Seguridad Social, entre otros) y en general, las medidas de alivio están relacionadas con estos tributos.

En primer lugar, ARCA no intimará la presentación de declaraciones juradas ni exigirá el pago de impuestos vencidos antes de la inundación. Tampoco reclamará el pago de impuestos con vencimiento posterior a la inundación y hasta el 31 de diciembre de 2025. A raíz de esta medida, no se dictarán medidas cautelares como embargos o inhibiciones.

Las deudas impositivas generadas antes o después de la inundación podrán pagarse mediante un plan especial de 48, 24 o 6 cuotas mensuales según el tipo de obligación: deudas generales, aportes de seguridad social o retenciones/percepciones, respectivamente. Actualmente, la tasa de financiación para estos planes es del 4% mensual.

Estas medidas solo postergan el pago de tributos y no otorgan ningún tipo de quita o descuento de capital o interés.

¿Quiénes acceden a estas medidas?

En principio, todos los contribuyentes con domicilio fiscal en Bahía Blanca, Ingeniero White o General Daniel Cerri acceden al beneficio. Esto incluye autónomos, monotributistas, empleados en relación de dependencia, entidades sin fines de lucro y demás contribuyentes.

La medida no exige que el contribuyente haya sufrido daños en su comercio o vivienda para acceder al beneficio. El beneficio está dado por el domicilio fiscal.

La condición de afectado por la inundación será asignada de forma automática por ARCA. Se recomienda ingresar a la web de ARCA con CUIT y clave fiscal para verificarlo.

Un caso particular se presenta cuando el contribuyente tiene domicilio fiscal en otra localidad. Ellos también pueden acceder a los beneficios, pero se exige que sus ingresos por actividades en Bahía Blanca, Ingeniero White o General Cerri, entre los meses de marzo 2024 y febrero 2025, sean mayores al 70 % del total de sus ingresos. En estos casos el contribuyente debe tramitar su condición de afectado por la inundación ante ARCA antes del 30 de mayo de 2025.

Prórroga del Impuesto a las Ganancias

ARCA postergó para mediados de septiembre 2025 la presentación de declaración jurada del impuesto a las ganancias del año 2024 que las personas humanas y sucesiones indivisas debían presentar en junio de 2025.

La misma postergación aplica para personas jurídicas que cerraron ejercicios entre los meses de octubre 2024 y febrero 2025. Estas declaraciones juradas vencerán a mediados de agosto 2025.

La Resolución de ARCA no aclara si el pago del Impuesto a las Ganancias también se prorrogó para los meses de agosto o septiembre 2025, según el tipo de contribuyente. Si bien ARCA suele prorrogar el vencimiento y pago en forma conjunta (RG 5516/24 y RG 5550/24), existen argumentos para sostener que el pago del Impuesto a las Ganancias quedó prorrogado ya que, en los hechos, ARCA modificó el cronograma de vencimientos del 2025. Este cronograma establece que el pago debe realizarse al día siguiente del vencimiento de la declaración jurada.

Conclusiones

En octubre de 2024 la Comunidad Valenciana enfrentó una inundación similar a la ocurrida en nuestra zona. En menos de una semana, el gobierno español implementó medidas fiscales amplias: suspensión de impuestos sin intereses, exenciones y deducciones por gastos de reparación de viviendas o reposición de bienes de uso, entre otras.

Las medidas de alivio fiscal llegan con demoras, resultan limitadas y en algunos casos, plantean dudas. No contemplan condonaciones ni reducciones relevantes, y la financiación por mora tiene un costo del 4% mensual.

Aún se espera la aprobación definitiva del proyecto de ley que declara la emergencia ambiental, económica y habitacional en la zona de Bahía Blanca, ya aprobada por Diputados y pendiente en el Senado.

(*) Contadores Públicos 

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