La provincia de Mendoza adhirió al Régimen de Inversiones Mineras y promete estabilidad fiscal por 30 años. La ley nacional garantiza beneficios como exenciones arancelarias, amortizaciones aceleradas y deducciones impositivas. Sin embargo, los impuestos provinciales siguen siendo una carga significativa para los proyectos.
Además del régimen nacional, Mendoza también se sumó al RIGI, que busca captar inversiones extranjeras mayores a USD 200 millones. Este régimen especial permite reducir el impuesto a las ganancias, eliminar retenciones y agilizar reintegros. El primer proyecto aprobado fue un parque solar de YPF Luz vinculado a la minería.
A diferencia de provincias como San Juan o Jujuy, Mendoza no exime del Impuesto a los Ingresos Brutos ni del Impuesto de Sellos. En lugar de otorgar exenciones, ofrece reintegros y créditos fiscales, un sistema más complejo y menos directo. Esto representa una desventaja competitiva frente a otras jurisdicciones mineras.
El régimen mendocino fue históricamente más restrictivo por la vigencia de la Ley 7.722, que limitó la minería metalífera. Recién en los últimos años se impulsaron reformas para atraer inversiones, como la actualización del Código de Procedimientos Mineros. El nuevo marco busca articular controles ambientales con incentivos tributarios.
La regalía minera se mantiene en un 3% sobre boca mina, aunque se analiza aplicar el gravamen sobre renta neta. Este criterio, de aplicarse, haría más equitativa la carga tributaria y podría ser un diferencial frente a otras provincias. Aún falta una definición legislativa para formalizar este cambio.
El programa de reducción del Impuesto de Sellos proyecta una alícuota del 0% para 2030, aunque puede ser prorrogado. Este tipo de incertidumbres desalientan a los inversores, que priorizan entornos fiscales previsibles y estables. La confianza requiere más que buenas intenciones legislativas.
La Corte Suprema respaldó en varios fallos la estabilidad fiscal como derecho adquirido del inversor minero. Casos como Cerro Vanguardia, Minera del Altiplano y Minera Triton sentaron precedentes relevantes. Sin embargo, la seguridad jurídica no reemplaza la necesidad de estabilidad institucional.
El fallo del caso Cerro Vanguardia estableció que nuevos impuestos que alteren la carga total violan la estabilidad fiscal. En cambio, Minera del Altiplano señaló que no se puede invocar inmunidad por cada tributo por separado. La Corte exige que se demuestre una afectación global en la presión fiscal.
Provincias como Catamarca, Jujuy o Santa Cruz aplicaron exenciones amplias a ISIB e ISS para atraer megainversiones. Mendoza, en cambio, sostiene alícuotas generales y busca alivios mediante mecanismos administrativos. Esto genera dudas sobre la voluntad política de facilitar la actividad minera.
Los inversores exigen seguridad jurídica, institucionalidad, y reglas claras al momento de planificar a largo plazo. No se trata solo de beneficios fiscales, sino de previsibilidad frente a cambios normativos y discrecionalidad estatal. En minería, los horizontes de inversión superan las coyunturas políticas.
La Ley de Inversiones Mineras sigue vigente desde 1993 y garantiza trato igualitario a nacionales y extranjeros. Sin embargo, la historia de Argentina con sus propias leyes fue errática y sujeta a cambios discrecionales. Esto afecta la credibilidad del régimen, más allá de lo que diga el Boletín Oficial.
Fuente: Ámbito.