
La norma fue publicada este viernes en el Boletín Oficial. Impide que personas con condenas penales en segunda instancia o deudores alimentarios puedan ser candidatas o ejercer cargos públicos en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial
La provincia del Neuquén oficializó este jueves la Ley N° 3498 de “Ficha Limpia”, al publicarla en una edición especial del Boletín Oficial. La norma impide que personas con determinadas condenas penales, deudas con el fisco o con sus hijos, entre otras situaciones, puedan ser candidatas a cargos electivos o designadas en funciones públicas en los tres poderes del Estado, el Consejo de la Magistratura y los gobiernos municipales.
La ley modifica el sistema electoral provincial y establece inhabilitaciones permanentes para quienes hayan sido condenados por delitos dolosos comunes o federales con sentencia firme en segunda instancia, incluidos los delitos de corrupción, narcotráfico, y evasión tributaria, entre otros. También alcanza a personas registradas como deudores alimentarios morosos o en el Registro Provincial de Violencia Familiar y de Género.
La inhabilitación se extenderá incluso a quienes hayan accedido a una suspensión de juicio a prueba por delitos dolosos o hayan sido parte de delitos contra la administración pública, con la excepción de lesiones leves o delitos culposos.
Además, la norma prohíbe la designación en altos cargos del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial —como ministros, vocales, coordinadores, directores, magistrados, fiscales o integrantes del Tribunal de Cuentas— de personas que estén alcanzadas por estos impedimentos. La restricción también se extiende a funcionarios municipales, como secretarios y directores.
La legislación, que comenzará a regir desde su publicación, invita a los municipios de primera categoría a adherir a su contenido. Con esta normativa, Neuquén se suma al grupo de provincias argentinas -como Chubut y Río Negro en la región- que adoptaron requisitos de idoneidad y antecedentes como condición para el acceso a la función pública.