El tremendo conflicto legal por el cobro de tasas municipales en las boletas que pagás todos los meses

ENTREVISTA EN MDZ- Pablo Teixidor explicó la complejidad del conflicto en MDZ Radio.

Hay miles de reclamos y el Gobierno nacional ya imputó a 95 empresas de todo el país por agregados irregulares en los impuestos.

Los servicios de luz son los principales afectados. Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

Otro conflicto legal entre Nación y las provincias. Después de recibir 2.705 reclamos, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía imputó a 95 empresas porque cobran en las boletas tasas ajenas al proveedor y consumidor. Seis de ellas prestan servicios en Mendoza. Son distribuidoras eléctricas que, en sus boletas, incluyen una tasa adicional por alumbrado público. ¿Es legal todo esto? El Gobierno claramente cree que no, ya que barajan cobrar a cada empresa multas que podrían superar los $2.000 millones.

Pablo Teixidor, abogado y analista, analizó el conflicto desde el punto de vista del derecho en su columna semanal de ‘Sonría lo estamos filmando’ por MDZ Radio 105.5 FM.

Pablo Teixidor en MDZ Radio. Foto: Rodrigo D’Angelo / MDZ

Nación vs provincias, de nuevo

A través de la resolución 267/2024, el Gobierno nacional prohibió el cobro de tasas municipales en la factura de los servicios eléctricos, de gas, etcétera. El abogado explicó que este se trata de un «choque de derechos» entre los que se establecen desde Nación hasta las leyes que funcionan en cada una de las provincias. «Se chocan dos derechos que son subnacionales».

La ley de Defensa al Consumidor establece los derechos de los consumidores y las obligaciones de los proveedores, como el derecho a la información, que obliga a los proveedores a ‘informar de forma clara y gratuita sobre las características, calidad, precio y formas de pago de los productos y servicios’, «aunque la norma prevé que las provincias también lo pueden defender«, explicó el abogado.

«Me tendría que remitir un caso famoso de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: Telefónica Argentina contra Mendoza, cuando en el 2003 el Gobierno de Mendoza le impone a Telefónica acompañar el resumen de llamadas con la boleta«. El fallo resolvió que, «como la telefonía era regulada nacionalmente, las provincias tenían limitaciones en cuanto a lo que podían resolver, incluso si era en defensa del consumidor. Pero han habido opiniones disidentes», destacó

La República Argentina está regida por un sistema federal: «Los Gobiernos provinciales y la autonomía municipal derivada de la Constitución Nacional de los artículos 5, 121 y 123, hacen que las municipalidades también tengan la posibilidad y la potestad de ejercer acciones, en este caso, para el cobro de tributos«, como incluir el alumbrado público en la boleta de energía eléctrica. «Es razonable», dijo Teixidor.

«Ahora bien, esto siempre tiene límites. Sí es cierto que muchas boletas están cargadas de imposiciones que son de dudosa razonabilidad. Estas obviamente tienen que ser eliminadas». Entonces, «creo que la aplicación de la norma nacional hay que verla en cada caso concreto y aplicarla en función a la razonabilidad», opinó. Es por esto que el decreto oficializado por el Gobierno nacional «tiene un carácter demasiado centralista para mi gusto«, concluyó

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