Mendoza ya puso en vigencia su nuevo Código de Procedimiento Minero

El Gobierno provincial promulgó la reforma de la ley que regula la actividad minera en la provincia y que apunta a agilizar los procesos para atraer nuevas inversiones.

Foto: MDZ

A partir de esta nueva norma, el gobierno de Alfredo Cornejo busca dar un importante primer paso en la puesta en marcha del plan para promover el desarrollo de la industria minera en Mendoza y crear las condiciones para atraer inversiones para nuevos proyectos.

El nuevo Código Minero fue aprobado por la Legislatura semanas atrás y abarca las minerías de primera, segunda y tercera categoría (canteras), regulando incluso el transporte de minerales que transitan por las rutas y caminos.

En su articulado, la norma agiliza el trámite de permisos, evitando que queden expedientes sin resolución durante años, o que estas demoras se traduzcan en especulaciones inmobiliarias mineras. También apunta a un desarrollo económico responsable y sostenible, con la profesionalización y aumento en la dotación de la Policía Minera e inspectores, que tendrán mayores funciones y facultades que los que contaban en la antigua normativa.

Así, se habilita a quienes controlan a vigilar los trabajos subterráneos, superficiales y los elementos, equipos, maquinarias y plantas. Un apartado central es hacer cumplir las reglas ambientales, de salud, seguridad e higiene de las labores, además de poner estrictos requisitos para el transporte de minerales.

Desde el Gobierno provincial, destacan que, al agilizar y digitalizar los datos mineros, permite certificar que coincidan con las Declaraciones Juradas de Producción, realizar actas e imponer las sanciones efectivas y severas. Además, se involucra activamente a las comunidades locales en la toma de decisiones relacionadas con el desarrollo de los recursos minerales, promoviendo a la participación en todo el proceso, desde la exploración hasta el transporte.

Con esta reforma, el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental será iniciado ante la Dirección de Protección Ambiental, con Declaración de Impacto Ambiental para cada una de las etapas del proyecto.

Las normativas rigen para toda la cadena de producción y abarca a los titulares de derechos mineros, los operadores de prospectos y de proyectos, contratistas, subcontratistas y empleados. Por eso será obligatorio firmar una Declaración Jurada de Buenas Prácticas, que consignará la descripción de los grupos y comunidades de las zonas de radio influencia directa e indirectas al área del proyecto minero, y garantizará la información y participación ciudadana.

Con esta normativa, la Dirección de Minería tendrá información relevante de los aspectos socioeconómicos y culturales de las comunidades locales, su relación con el ambiente, formas de organización social, relaciones laborales, producción y las formas en que el interesado prevé interactuar con grupos y comunidades.

Los interesados además deberán detallar la metodología de trabajo, código de conducta, reporte de sustentabilidad de la empresa, comunicación y talleres y controles de higiene y seguridad.

Por otra parte, este nuevo código establece la incorporación del Consejo de Minería como autoridad minera de la provincia “en segunda instancia” y como órgano consultivo. Tanto el Consejo como la Dirección de Minería, estarán bajo la órbita del Ministerio de Energía y Ambiente.

Pero además le otorga facultades especiales a la empresa estatal Impulsa Mendoza. Esa compañía tendrá prioridad y concentrará gran parte de las decisiones de manera delegada. Podrá ejercer el “derecho de preferencia” sobre las áreas de exploración que hayan sido declaradas caducas

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