«El Ente Regulador discrimina a los empresarios y productores de Orán»

A través de un recurso de reconsideración, la Cámara de Comercio de Orán pidió la nulidad de la resolución N° 192/23 del Ente Regulador por considerar que no respeta la normativa establecida en el decreto provincial N° 50/23 respecto a la creación de una tarifa diferencial en las facturas del consumo eléctrico para las zonas cálidas de la provincia.

Reconsideración

El presidente de la Cámara de Comercio, Ariel Zablouk, en representación del sector, interpuso un recurso de reconsideración y subsidiariamente nulidad de la Resolución 192/23 publicada en el Boletín Oficial del 14 de febrero de 2023, solicitando que el mismo sea revocado, ampliado, corregido por las razones de hecho y derecho que expuso sobre el tema. Subsidiariamente también interpuso la nulidad de dicho instrumento por lo cual el planteo es integral sobre la facturación para la totalidad de los usuarios de energía eléctrica que contempla inicialmente el decreto provincial.

La reglamentación establece que la bonificación para zonas cálidas se corresponderá con una reducción del 30% de la factura.

El decreto provincial del Gobierno establece claramente la creación de una «bonificación de tarifa para zonas cálidas» en el servicio de energía eléctrica prestado por la empresa Edesa SA, en la jurisdicción de la provincia de Salta, en los departamentos de Orán, San Martín, Anta y Rivadavia. Al respecto Zablouk consideró: «Es decir que la bonificación será para todos los usuarios del servicio de energía eléctrica. Sin embargo, el Ente Regulador emitió la resolución apartándose de lo decidido y ordenado por el gobernador de la povincia», sostuvo.

Una resolución

El empresario detalló que el titular del Ente, Carlos Saravia, dispuso en la resolución en su artículo 1° reglamentar la bonificación de tarifa para zonas cálidas y establecer que la misma se corresponderá con una reducción del 30% del total facturado durante los meses de noviembre, diciembre, enero y febrero de cada año, y se aplicará a los usuarios de todas las «categorías residenciales» de los departamentos de Anta, Orán, Rivadavia, San Martín, General Güemes y los municipios de La Candelaria, El Potrero y EI Galpón.

Fuera del decreto

«De esta manera Saravia excluyó a otros usuarios como los comerciantes, industriales, agricultores, entre otros, generando de esta forma una verdadera discriminación, por cuanto estos también se encuentran en la situación de hecho fundamento del decreto (altas temperaturas)», expresa el artículo 3° del recurso presentado por la Cámara de Comercio local.

Por esto afirma que el Ente se apartó de lo decidido y ordenado por el gobernador Gustavo Sáenz.

Una arbitraria diferenciación

El titular de la Cámara remarcó que «no debe permitirse una diferenciación tan arbitraria entre los usuarios de una misma ciudad, por lo que como titular de la Cámara de Comercio hago expresa reserva de formular las denuncias penales que al caso pudieren corresponder (incumplimiento de los deberes de funcionario público), atento a que no debe permitirse una diferenciación tan arbitraria entre los usuarios de una misma ciudad», indicó.

Se establece que el beneficio para los usuarios regirá durante los meses de noviembre, diciembre, enero y febrero de cada año.

El Gobierno de Salta dispuso el 19 de enero último la creación de un «bonificación de tarifa para zonas cálidas» en el servicio de energía eléctrica para usuarios que residen en los departamentos de Orán, San Martín, Anta y Rivadavia. La medida fue adoptada con el objetivo de brindar una respuesta a los usuarios del servicio para lugares en donde las temperaturas, en épocas estivales superan, de manera constante, los cuarenta grados centígrados.

En el decreto el gobernador faculta, además, al Ente Regulador de los Servicios Públicos a gestionar y a adoptar, todas las medidas y actos previstos en la normativa en un plazo no mayor a 20 días.

Desventaja e inequidad

En los argumentos del decreto provincial emitido por el Gobierno de la Provincia figura como referencia las características climáticas de ciertas regiones en el territorio salteño. «Tales características climatológicas conllevan a que los usuarios del servicio eléctrico se encuentren en una situación de desventaja e inequidad respecto a otras jurisdicciones, atento a que las altas temperaturas exigen un mayor consumo del servicio, lo cual repercute considerablemente en los montos de las facturas y, por ende, en sus economías».

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