Inusual propuesta: Vecinos de la Ciudad de Mendoza podrán crear un Jurado Vecinal

El Concejo Deliberante de la Ciudad aprobó, por unanimidad, un jurado vecinal para sancionar distintas conductas que incumplan el Código de Convivencia.

El intendente de la Ciudad de Mendoza, Ulpiano Suarez, envió al Concejo Deliberante una propuesta que detalla que vecinos y vecinas que habiten el municipio participen en sancionar distintas conductas que incumplan el Código de Convivencia.
La iniciativa se aprobó por unanimidad después de varios días de debate en las diferentes comisiones.
El objetivo del proyecto permitirá que los propios vecinos sean los que puedan juzgar determinadas conductas que representen una infracción contra el Código de Convivencia en temas relacionados con el vandalismo, la limpieza y la pirotecnia, entre otros.
De esta manera se constituye como una herramienta que acerca a la ciudadanía, involucrándola en forma directa en la toma de decisiones fundamentales que hacen a la convivencia en la Ciudad y, también, permitiendo una participación activa ante conductas que atentan contra la paz social y la convivencia ciudadana dentro del ejido municipal.
“Entendemos que el Jurado Vecinal es un mensaje en sí mismo. Es un mensaje en el sentido de la necesidad de que todos participen para blindar a la Ciudad frente a quienes no cumplen las normas de convivencia. Cuidar la Ciudad es cuidar lo que le pertenece a cada vecino, a cada mendocino que trabaja, estudia o encuentra su esparcimiento aquí”, señaló Ulpiano Suarez.

El jefe comunal también manifestó: “Estoy convencido que somos más los que queremos una Ciudad ordenada, limpia, donde la convivencia y el respeto sea la norma, y no una Ciudad donde cada cual rompe las reglas sin consecuencias, donde se arruinan bienes públicos y privados y se muestra como un logro en las redes sociales. Por eso, la incorporación de pruebas, videos, testimonios y demás, que contempla la norma, enriquece el proceso y suma herramientas para el efectivo cumplimiento del Código de Convivencia y de las ordenanzas vigentes”.

La actuación como miembro del Jurado será voluntaria y gratuita. A su vez, existirá la posibilidad de recusación y excusación de los Jurados, ofrecimiento de prueba y acuerdos conciliatorios. Entre las conductas que ingresarán al Jurado vecinal, previstas en el Código de Convivencia, se encuentran:

1 – Art. 14. Actividades pirotécnicas.

2 – Art. 21 a 23. Degradación visual del entorno urbano. Grafitos, pintadas y otras expresiones gráficas en lugares no autorizados. Vandalismo.

3 – Art. 31 a 34. Uso inadecuado del espacio público para juegos de patín, bike, skate, deportes extremos o similares en lugares no autorizados.

4 – Art. 49 ap.3. Limpieza de la ciudad en general: micciones y/o deposiciones de animales en la vía pública, suciedad en espacios públicos, mantenimiento de espacios de acceso público en comercios, mantenimiento de limpieza en vía pública por parte de edificios en construcción o cualquier tipo de obra.

Sitio Andino

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