El Concejo Deliberante de Belén aprobó la ordenanza, a través de la cual se prohíbe la venta de pegamento a menores de 18 años, con la necesidad de luchar en contra del grave problema social que representa en la actualidad la fármaco dependencia, abuso y adicción a estas sustancias psicoactivas.
La venta de los pegamentos solo será en comercios habilitados, sin incluir kioscos ni supermercados.
La ordenanza que en los próximos días se pondrá en vigencia, iniciativa del edil Daniel Marcial y con el apoyo de sus pares, resalta la grave situación social por la que se atraviesa, y más aún cuando en la Argentina -según cálculos oficiales- existen entre 350.000 y 500.000 consumidores de fármacos psicoactivos.
La iniciativa resalta entre sus considerandos que la droga es un fenómeno pluricausal y complejo donde se conjugan crisis de identidad de la adolescencia, hijos de padres alcohólicos, abandónicos o castigadores, marginados éticos (carentes de un espacio dentro del nucleo familiar), niños que abandonaron sus hogares (chicos de la calle) publicidad en medios masivos de comunicación que favorecen conductas adictivas y, por supuesto, la grave crisis económica, como la desocupación.
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Entre sus articulados, la normativa resalta que los productos comerciales denominados pegamentos o adhesivos que contengan en su fórmula química los solventes tolueno hexano heptano xiteno (y/o derivados) solo podrán ser expandidos en locales comerciales como ferreterías, pinturerías, corralones, comercios de venta y colocación de alfombras y revestimientos, además de librerías.
Prohibiendo su venta en comercios como kioscos, supermercados y almacenes como también pos vendedores ambulantes.
La medida será estricta en forma total y absoluta a menores de 18 años, mientras que la venta a personas mayores de esta edad, se hará emitiendo facturas de venta que deberán incluir nombre y apellido, domicilio del cliente, tipo y número de documento del cliente, nombre comercial, cantidad de unidades y peso del producto expandido.
– LA UNIÓN