A través de la Resolución 600/2023 publicada en el Boletín Oficial y firmada por el Ministerio de Economía, el Gobierno Nacional declaró el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario para 21 departamentos cordobeses por la sequía que afectó la mayor parte de la superficie provincial, y que causó graves perjuicios en las zonas productivas.
Sobremonte, Río Seco, Tulumba, Ischilín, Totoral, Río Primero, Colón, Punilla, San Alberto, Pocho, Santa María, Río Segundo, San Justo, Tercero Arriba, General San Martín, Juárez Celman, Río Cuarto, General Roca, Presidente Roque Sáenz Peña, Unión y Marcos Juárez, son los departamentos incluidos en esta homologación nacional del decreto que en su momento generó el Ejecutivo cordobés para estas zonas.
El documento nacional establece que la medida abarca desde el 1º de marzo pasado hasta el 31 de agosto próximo, para las explotaciones agrícolas, forestales y frutihortícolas; en tanto, para las explotaciones ganaderas alcanza hasta el 29 de febrero de 2024.
Cabe recordar que la sequía causó estragos en la producción de Córdoba, producto del arrastre de tres ciclos Niña consecutivos, a tal punto que se obtendrá media cosecha de lo que estaba previsto.
La homologación nacional es el paso necesario para que los productores incluidos en los decretos provinciales, puedan acceder a los beneficios que otorga la ley nacional de Emergencia, que incluye alivios impositivos y acceso a créditos.
Presentación de certificados
“A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley Nº 26.509 y sus modificatorias, conforme con lo establecido por su Artículo 8º, los productores y las productoras afectados/as deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos”, indica el documento. En el caso de Córdoba, quien emite el certificado es el Ministerio de Agricultura y Ganadería.
“Las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, arbitrarán los medios necesarios para que los productores y las productoras agropecuarios/as comprendidos/as en la presente resolución gocen de los beneficios previstos”, detalla la Resolución.
Los beneficios incluyen diferimientos impositivos y acceso a líneas de crédito, entre otros aspectos y medidas de apoyo.
Se puede ver el texto completo de la Resolución a continuación, utilizando el cursor para mover las flechas