El presidente Alberto Fernández y su Ministro de Economía, Martín Guzmán, presentaron finalmente el proyecto para gravar la llamada “renta inesperada”, cumpliendo disciplinadamente las directivas de la líder del Frente de Todos, que el viernes le dio una lapídera al mandatario para “haga lo que hace falta”.
La exposición, muy básica, del proyecto, se hizo en medio del escándalo de la partida del gabinete del ex Ministro de Desarrollo Productivo Matías Kulfas y la ratificación que hizo de sus denuncias en contra de Cristina Fernández y La Cámpora en relación al aún no iniciado -la publicidad engañosa del gobierno no se corresponde con la realidad- gasoducto «Néstor Kirchner».
Se trata de una sobrealícuota del impuesto a las ganancias de sociedades de capital aplicable al ejercicio fiscal 2022. La alícuota se aplicará a la renta inesperada (Ganancia Neta Imponible mayor en términos reales a la de 2021) y será del 15%.
Agroverdad acudió en consulta al especialista en temas tributarios agropecuarios Mariano Echegaray, solicitándole un primer análisis del proyecto y en cuánto alcanzaría o afectaría al agro. Estas fueron sus reflexiones:
El análisis de Mariano Echegaray
-Del proyecto de ley para crear un impuesto a la renta inesperada se conocieron algunos detalles:
– Deberán pagarlo empresas con Ganancia Neta Imponible o Ganancia Contable superior a $1.000 millones, a TC oficial representa unos 8 millones de dólares. Se debe verificar un crecimiento de la Ganancia Neta Imponible en términos reales y que cumplan con una de estas condiciones respecto del margen y ganancia: 1) Respecto del margen de ganancia (ganancia contable sobre sus ingresos) en 2022 superior al 10%. 2) Presentar un aumento del margen de ganancia en 2022 en relación al 2021 de al menos 20%.
– La alícuota será de 15% y se aplicará a la renta inesperada (Ganancia Neta Imponible mayor en términos reales a la del 2021). Es decir, luego de tributar sobre la alícuota del 35% se tributa esta alícuota especial.
– Alcanza el ejercicio fiscal 2022 y se pagará en 2023. Se aplicará a empresas que cumplan las condiciones definidas según balances finalizados luego de la sanción de la ley y durante un año a partir de esa fecha.
♦ Uno de los sectores que podrían quedar afectados es el exportador. Y como es conocido por los productores, parte de su efecto se podría trasladar vía precios como nos tienen acostumbrados.
– El dato de este impuesto es que podría aportar en recaudación un 0,41% del PBI, lo que equivale a un 2% aproximado de la recaudación tributaria anual.
– Recordenos que en la Argentina ya están en vigencia 165 impuestos y la carga tributaria sobre el sector formal se acrecienta por la falta de actualización de muchos de estos impuestos. Este nuevo impuesto que tiene más anuncios que certezas y ya cuenta con pocas posibilidades de que pase por la aprobación de la Cámara de Diputados, nuevamente deja un precedente dañino: el de atentar contra los que invierten en nuestro país
Juan Carlos Vaca – Agroverdad