Nuevo Córdigo de Faltas en Santa Rosa

Posibilidad: la modalidad de la probation apunta a corregir la falta cometida. El juez puede fijar al infractor reglas de conducta por el término de hasta dos años. Si las cumple, puede extinguirse el proyecto y archivarse la causa.

El Juzgado de Faltas local puede aplicar la probation a infractores de tránsito y también llevar adelante juicio oral, a partir de la entrada en vigencia de la reforma al Código de Faltas. El intendente Néstor Alcala promulgó esta semana la Ordenanza Nº 3519/06, que aprueba el proyecto que fue elevado oportunamente por el Departamento Ejecutivo al Concejo Deliberante y aprobado por unanimidad en ese cuerpo.
Se trata de una reforma parcial, que busca mejorar algunos aspectos técnicos del Código sancionado en 1987, incorporando nuevas garantías procesales y realizando algunas modificaciones de trámite que se han entendido convenientes a la luz de la práctica y la experiencia del Juzgado de Faltas.
Además, se tomaron nota de los aportes del derecho comparado, habiéndose consultado y tomado institutos análogos de los Códigos de Faltas de Rosario, de Rafaela, de Neuquén, Río Gallegos, del Código Contravencional de La Plata, y de los recientes Códigos Contravencional y de Procedimiento de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Suspensión de
juicio a prueba

Las reformas se insertan en las tendencias procesales actuales que buscan hacer efectiva la oralidad y establecen institutos alternativos a la imposición de la pena, ello en el entendimiento de que las normas comunitarias resultan un ámbito especialmente propicio para su implementación.
En particular, tomaron nota de la experiencia constatada a partir de la práctica de conferir un plazo para permitir corregimientos a ciertas infracciones formales, modalidad que ahora se vería institucionalizada con la incorporación de la probation -“suspensión del juicio a prueba”- al sistema contravencional municipal.
Esta modalidad propende al corregimiento y la composición voluntaria de la falta cometida, y en este marco el juez queda facultado a establecerle al infractor reglas de conducta por un término de hasta dos años conforme a la gravedad de la falta imputada, cuyo cumplimiento y observancia redundará en la extinción del proceso y el archivo de la causa.
Entre esas reglas de conducta podrá disponerse la realización de trabajos de utilidad pública, así como imponerle la asistencia a determinados cursos especiales o programas de organismos públicos o privados que le permitan modificar los comportamientos que hayan incidido en la realización de la conducta sancionada.
También podrá imponer prohibiciones temporarias para ejercer una actividad hasta tanto el imputado acredite el cumplimiento de las condiciones que fija la normativa municipal para su regular desarrollo.

Juicio oral

También se recogen en el articulado del Código algunas soluciones que ya se han afirmado por la jurisprudencia del Juzgado santarroseño, referentes a las modalidades de ejecución de las penas de comiso y clausura, la intervención en la causa del particular denunciante, y otros aspectos procesales.
En este orden de ideas, se habilita al Juzgado Municipal de Faltas ha dictar las normas prácticas que sean necesarias para aplicar el Código, a fin de cubrir y solucionar cuestiones de procedimiento no previstas. Por su carácter general, se establece que estas resoluciones deberán ser publicadas en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa y regirán desde la fecha de su publicación.
En el capítulo referente al Juicio Oral, se incorporan normas tendientes a regular con más detalle una materia cuyos aspectos especiales -en particular los de la tramitación de la audiencia- no están contemplados en la ordenanza actual.
Según se informó, se busca conseguir una sustanciación más eficaz y provechosa de este crucial acto de enjuiciamiento sin que el mismo suponga la dilación excesiva de las causas que ameriten su celebración.
Los interesados en consultar el nuevo Código de Faltas podrán hacerlo a través de la página web de la Comuna (www.santarosa.gov.ar.).

– El Diario de La Pampa