La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de Cobre San Romeleo ingresó a la Legislatura para su tratamiento

La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de Cobre San Romeleo ingresó a la Legislatura para su tratamiento

Mendoza.- El Ejecutivo envió a la Legislatura la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto minero, luego de un procedimiento que incluyó instancias de participación sectorial, la Audiencia Pública y la aprobación de la Autoridad Ambiental Minera. Cobre San Romeleo busca producir óxido de cobre destinado a la elaboración de fungicidas agrícolas orgánicos utilizados en la vitivinicultura y en otros cultivos regionales.

El Poder Ejecutivo envió a la Legislatura la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto Cobre San Romeleo, luego de que la Autoridad Ambiental Minera (AAM), integrada por la Dirección de Minería y la Dirección de Gestión y Fiscalización Ambiental del Ministerio de Energía y Ambiente, completara el procedimiento de evaluación de impacto ambiental y aprobara la DIA correspondiente a la etapa de explotación minera metalífera.

La remisión a la Legislatura se realiza en el marco de la normativa vigente, que prevé la ratificación legislativa de la Declaración de Impacto Ambiental para los proyectos de minería metalífera alcanzados por su régimen.

“Cobre San Romeleo completó las distintas instancias previstas en el procedimiento de evaluación ambiental, con la intervención de organismos técnicos, científicos, académicos, provinciales y municipales, y atravesó además una audiencia pública con una amplia participación ciudadana y más del 90% de las expresiones a favor del proyecto. La Declaración de Impacto Ambiental reúne el resultado de ese proceso e incorpora las condiciones y obligaciones que deberán cumplirse durante las distintas etapas del proyecto”, señaló la ministra de Energía y Ambiente, Jimena Latorre.

“Es un proyecto de pequeña escala que además presenta una vinculación concreta con otra actividad productiva estratégica para Mendoza: busca generar en la provincia la materia prima necesaria para producir sulfato de cobre utilizado en la agricultura, particularmente en la vitivinicultura”, agregó Latorre.

Por su parte, el ministro de Producción, Rodolfo Vargas Arizu, destacó que “San Romeleo es un claro ejemplo de que minería y agricultura no son actividades contrapuestas, sino que pueden complementarse y generar valor en distintos eslabones de la matriz productiva de Mendoza”.

“Producir en Mendoza parte de los insumos que necesita nuestra agricultura significa avanzar hacia una matriz productiva más integrada, generar actividad económica y reducir dependencias externas”, agregó Vargas Arizu.

Un proceso de evaluación técnica y participación ciudadana

La evaluación ambiental de Cobre San Romeleo se tramitó mediante el expediente EX-2022-06032664-GDEMZA-DMI#MEIYE, en el marco de la Ley 5961, el Decreto 820/06 y demás normativa ambiental y minera aplicable.

Durante el procedimiento se incorporó el Dictamen Técnico elaborado por la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria (FCAI) de la Universidad Nacional de Cuyo, junto con los dictámenes e informes de los organismos sectoriales con competencia específica. Las observaciones y recomendaciones formuladas durante la evaluación fueron respondidas por el proponente y analizadas por los organismos intervinientes.

“El Informe de Impacto Ambiental fue sometido a una evaluación integral, que incluyó el Dictamen Técnico de la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria de la UNCuyo y la intervención de los distintos organismos sectoriales de acuerdo con sus competencias. Las observaciones formuladas durante ese proceso fueron analizadas y las condiciones ambientales resultantes quedaron incorporadas a la DIA, con obligaciones que alcanzan las distintas etapas de desarrollo del proyecto”, explicó el director de Gestión y Fiscalización Ambiental, Leonardo Fernández.

El procedimiento incluyó distintas instancias de participación ciudadana, entre ellas talleres participativos y una Audiencia Pública realizada en diciembre de 2025, bajo modalidad híbrida, con instancia presencial en las inmediaciones del proyecto, en Malargüe, y participación simultánea mediante una plataforma virtual.

Las intervenciones, observaciones y presentaciones recibidas fueron posteriormente analizadas en el Informe Circunstanciado aprobado por la Autoridad Ambiental Minera.

También, intervino la Comisión Evaluadora Interdisciplinaria Ambiental Minera (CEIAM), integrada por representantes de organismos provinciales y municipales, instituciones científicas y universidades.

Participaron el INTA, la Municipalidad de Malargüe, la Universidad Tecnológica Nacional, el Departamento General de Irrigación, la Dirección de Áreas Protegidas, la Dirección de Biodiversidad y Ecoparque, la Dirección de Planificación Territorial, la Dirección de Gestión y Fiscalización Ambiental, el Consejo Provincial del Ambiente y la Dirección de Minería.

El trabajo de la Comisión culminó con la elaboración de un Informe Único Final, cuyas recomendaciones fueron consideradas en la Declaración de Impacto Ambiental de acuerdo con la etapa de ejecución y desarrollo del proyecto en la que resulten aplicables.

El proyecto Cobre San Romeleo

El titular y proponente del proyecto es LABSA SA y su operación estará a cargo de AREX MINING SA. El emprendimiento se localiza en el Puesto Aguas de Isaac, Quebrada de San Romeleo, distrito Río Barrancas, aproximadamente a 160 kilómetros al sur de la ciudad de Malargüe.

Se trata de una explotación minera de pequeña escala, con una capacidad prevista de procesamiento de 40 toneladas de mineral por día. De acuerdo con la información presentada por el proponente, el yacimiento cuenta con reservas estimadas en 257.000 toneladas, con una ley media de 1,29 % de cobre y un horizonte de explotación previsto de aproximadamente 20 años. La inversión estimada para su puesta en funcionamiento asciende a USD 3 millones. Estos parámetros coinciden con los consignados en el resumen ejecutivo del proyecto.

El proyecto contempla la extracción y procesamiento de mineral de cobre para obtener un producto que será utilizado como materia prima para la fabricación de sulfato de cobre y otros fungicidas de uso agrícola, incluidos aquellos utilizados en cultivos orgánicos.

El procesamiento se realizará mediante un sistema de disolución amoniacal en circuito cerrado, que permite recuperar y recircular los principales reactivos empleados en el proceso. De acuerdo con la documentación presentada, los gases generados son capturados, condensados y reutilizados para regenerar la solución lixiviante, reduciendo el consumo de reactivos y la generación de efluentes.

“Cobre San Romeleo demuestra que un proyecto minero de pequeña escala puede integrarse directamente con otras cadenas productivas de Mendoza. En este caso, se busca producir localmente la materia prima para la elaboración de sulfato de cobre utilizado por la vitivinicultura y otros cultivos, agregando valor a un recurso mineral provincial y generando actividad económica y contratación de servicios en Malargüe”, destacó el director de Minería, Jerónimo Shantal.

Condiciones ambientales y controles por etapas

La Declaración de Impacto Ambiental establece un esquema de obligaciones y controles organizado según las distintas etapas del proyecto: previa a la construcción, construcción, explotación, cierre y postcierre.

Entre las principales condiciones se establece que, antes del inicio de las actividades, la empresa deberá presentar una Línea de Base Ambiental, que contemple además protocolos para la protección de fauna; contar con un Plan de Monitoreo Ambiental sobre agua, suelo, aire, flora y fauna; implementar un Plan de Monitoreo Social y un Plan de Contingencias; y constituir una garantía suficiente para asegurar la recomposición de eventuales daños ambientales.

La protección del recurso hídrico ocupa un lugar central entre las condiciones establecidas. Previo a la construcción, la empresa deberá obtener el correspondiente permiso de uso de agua del Departamento General de Irrigación y presentar información e ingeniería vinculada con las instalaciones del proyecto, los sistemas de impermeabilización, el manejo de efluentes, el transporte de fluidos, el consumo y eventual reutilización de agua y la prevención de derrames.

La DIA exige además la presentación de la ingeniería correspondiente a las principales instalaciones del proyecto, incluidos el dique de colas, las escombreras y la pileta de mineral agotado, con sus respectivos sistemas de impermeabilización, drenaje y contención. También contempla estudios específicos sobre el potencial de lixiviación y movilidad de metales y su posible incidencia sobre el recurso hídrico.

Durante las etapas de construcción y explotación deberán ejecutarse los programas de monitoreo previstos sobre aguas superficiales y subterráneas, calidad del aire, suelos, flora y fauna, además de los controles de ruido y demás componentes ambientales contemplados en los planes aprobados. Asimismo, deberán mantenerse registros de los consumos de agua y cumplirse los planes de manejo de efluentes y de respuesta ante contingencias.

Las obligaciones ambientales se extienden más allá de la etapa de explotación. La empresa deberá elaborar y ejecutar un Proyecto de Clausura Técnica y Cierre Ambiental y un Plan de Monitoreo Ambiental Post Cierre. Este último tendrá una duración mínima de cinco años, plazo que podrá extenderse en función de los resultados obtenidos y de la evolución de las condiciones ambientales del sitio.

La Declaración de Impacto Ambiental establece que las actividades deberán desarrollarse conforme al Informe de Impacto Ambiental evaluado y a las condiciones, instrucciones y medidas incorporadas durante el procedimiento.

Asimismo, el proyecto quedará sujeto al seguimiento y fiscalización de la Autoridad Ambiental Minera y de la Policía Ambiental Minera, sin perjuicio de los controles que correspondan a los demás organismos en el ámbito de sus respectivas competencias. La resolución garantiza, además, el libre acceso de las autoridades de control a las instalaciones del proyecto.

Con el envío del proyecto de ley, la Declaración de Impacto Ambiental de Cobre San Romeleo queda sometida al tratamiento de la Legislatura provincial y su aprobación final quedará sujeta a la correspondiente ratificación legislativa prevista por la normativa vigente.

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