El viernes a última hora ingresó a la Legislatura el proyecto de reelecciones indefinidas de los intendentes que da respuesta al pedido que habían hecho varios jefes comunales que llevan varios mandatos para poder volver a competir en las elecciones del año que viene.
Tal como adelantó La Tecla Patagonia, el mismo sería tratado en la sesión del jueves próximo y genenerá fuertes cruces ya que desde la bancada opositora consideran que para sancionarlo se necesita una mayoría especial, algo que técnicamente el oficialismo refutará ya que se trata de una modificación a la Ley Orgánica de Municipios que saldría con 14 votos. El viernes este medio consultó a un constitucionalista que asegura que se requiere mayoría simple (ver nota)
La nueva norma busca dar marcha atrás con una ley que impulsó alternancia en los municipios: la llamada Ley Caminoa, que limita a dos mandatos consecutivos la reelección de intendentes y concejales en corporaciones municipales sin Carta Orgánica.
La iniciativa, presentada por una diputada del peronismo aliado al oficialismo, Mariela Williams, responde a notas formales enviadas por un grupo de jefes comunales que buscan perpetuarse en sus sillones. Algunos acumulan casi 20 años en el poder y ven en esta reforma la chance de seguir sin interrupciones. De esta manera, Despierta Chubut logró una salida elegante a la contradicción manifiesta que significaba ir contra una norma que una de las suyas había propiciado.
Qué dice el proyecto que ingresó a la Legislatura
El Proyecto de Ley N° 081/26, presentado el 26 de junio de 2026 por la diputada provincial Claudia Mariela Williams , propone modificar la Ley Orgánica de Municipios (Ley XVI N° 46) y la ley de Comunas Rurales (Ley XVI N° 105) con el objetivo principal de eliminar el límite a las reelecciones de intendentes y presidentes de comunas rurales, restituyendo la redacción original del artículo 8° y permitiendo reelecciones indefinidas.
En concreto, el artículo 1° modifica el artículo 8° de la Ley XVI N° 46 para establecer que el intendente y los concejales serán elegidos directamente por el cuerpo electoral de la corporación municipal, durarán cuatro años en sus funciones y podrán ser reelectos sin restricciones de mandatos consecutivos.
Por su parte, el artículo 2° alinea la Ley de Comunas Rurales modificando su artículo 6° para que el Presidente de la Comuna Rural sea electo directamente por el pueblo junto con un vicepresidente, sin imponer límites a la reelección. Finalmente, el artículo 3° dispone que se comunique al Poder Ejecutivo.
La fundamentación del proyecto se centra en la defensa de la autonomía municipal, consagrada en la Constitución Provincial de Chubut desde 1957 y potenciada en la reforma de 1994, así como en el artículo 123 de la Constitución Nacional y fallos clave de la Corte Suprema como “Rivademar” y “Ponce”.
La diputada Williams argumenta que definir la duración de los mandatos, las condiciones de elegibilidad y la reelección es una potestad propia de cada municipio, especialmente de los 24 de los 27 que hoy pueden dictar su propia Carta Orgánica, y que la Legislatura provincial no debe avasallar esas facultades mediante una ley orgánica. De esta forma, se busca revertir la reforma introducida por la denominada “Ley Caminoa” (Ley XVI N° 97), que había impuesto el límite de dos mandatos consecutivos.