La iniciativa ingresó como Proyecto N° 396 del bloque MOVERE y propone alcanzar a 1.000 beneficiarios de distintas localidades del norte santacruceño. El financiamiento previsto sería mediante recursos del Fondo Fiduciario UniRSE.
El proyecto plantea la creación del programa en el marco de la Ley Provincial N° 3476, con el objetivo de capacitar e insertar laboralmente a residentes de localidades de la zona norte de la provincia. Según el texto, la iniciativa sería financiada mediante la afectación específica de recursos del Fondo Fiduciario UniRSE.
La propuesta establece que el programa alcanzará a 1.000 personas mayores de 18 años con residencia efectiva en Fitz Roy y Jaramillo, Perito Moreno, Los Antiguos, Lago Posadas, Koluel Kayke, Pico Truncado, Caleta Olivia, Cañadón Seco, Puerto Deseado y Las Heras, de acuerdo con los criterios de selección que determine la autoridad de aplicación.
En cuanto a la distribución de cupos, el proyecto asigna 240 lugares para Caleta Olivia; 180 para Pico Truncado; 180 para Las Heras; 180 para Puerto Deseado; 80 para Perito Moreno; 80 para Los Antiguos; y 15 cupos para cada una de las localidades restantes: Lago Posadas, Koluel Kayke, Cañadón Seco, y Fitz Roy y Jaramillo.
Uno de los criterios de prioridad previstos será la situación de jefes o jefas de hogar cuyas familias no perciban ingresos formales al momento de la inscripción. Para ello, la autoridad de aplicación deberá coordinar con el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Desarrollo Social, Igualdad e Integración el cruce de datos y la certificación de la situación de vulnerabilidad socioeconómica de los postulantes.
El texto autoriza la afectación mensual específica de fondos recaudados por el Fondo Fiduciario UniRSE por el equivalente en pesos argentinos a un millón de dólares estadounidenses por mes, durante seis meses, contados desde la entrada en vigencia de la reglamentación. La conversión se realizaría tomando la cotización tipo vendedor del Banco de la Nación Argentina del día hábil inmediato anterior a cada desembolso.
La capacitación estará orientada al desempeño laboral en la actividad minera y su cadena de valor. Entre los contenidos mencionados se incluyen seguridad e higiene, educación técnica inicial y de perfeccionamiento, certificación final del trayecto formativo y otras actividades complementarias que determine la autoridad de aplicación, de acuerdo con las necesidades del sector.
Además, la iniciativa prevé la implementación de prácticas formativas supervisadas en organismos del Estado provincial, municipios, comisiones de fomento, empresas del Estado, concesionarias de servicios públicos, empresas mineras, contratistas y proveedoras radicadas o con actividad en Santa Cruz. Los convenios específicos deberán contemplar tutor responsable, plan de actividades, carga horaria, cobertura de seguros y elementos de protección personal.
El proyecto establece que la capacitación e inserción laboral dará derecho al cobro de una asignación estímulo, que será determinada por la autoridad de aplicación y no podrá ser inferior a cuatro Salarios Mínimos, Vitales y Móviles. También aclara que la participación en el programa no generará relación de empleo público, incorporación a planta permanente, estabilidad ni vínculo laboral directo con el Estado provincial.
Otro de los puntos centrales es el control institucional. La autoridad de aplicación deberá elevar mensualmente un informe específico a la Cámara de Diputados, a los Concejos Deliberantes y a las Comisiones de Fomento de las localidades alcanzadas. Allí deberá detallar cupos por localidad, beneficiarios incorporados, convenios suscriptos, montos ejecutados, destino de los fondos y resultados de inserción laboral alcanzados.
También se otorgan facultades de fiscalización a los Concejos Deliberantes y Comisiones de Fomento dentro de sus jurisdicciones. Según el proyecto, podrán auditar el cumplimiento de los cupos, controlar la transparencia en la selección de vecinos, verificar las prácticas en empresas, exigir informes o citar a la autoridad de aplicación ante eventuales irregularidades.
Finalmente, la iniciativa invita a los municipios y comisiones de fomento alcanzados a adherir a la ley para ejercer las facultades de fiscalización previstas. El Poder Ejecutivo Provincial deberá designar la autoridad de aplicación y reglamentar la norma dentro de los 30 días de su publicación, en caso de ser sancionada
