La provincia aprobó una nueva normativa que ordena el uso de inmuebles estatales vinculados a proyectos mineros. La medida exime del pago de canon a las etapas de prospección y exploración para incentivar inversiones.
Mendoza dio un nuevo paso en su estrategia de desarrollo minero al reglamentar el uso y aprovechamiento de terrenos fiscales destinados a la actividad extractiva. La medida establece criterios claros para la ocupación de inmuebles provinciales por parte de empresas privadas y fija un esquema diferenciado según la etapa en la que se encuentre cada proyecto.
La normativa busca ordenar el patrimonio inmobiliario público frente al crecimiento de la actividad minera y brindar mayor previsibilidad a los operadores interesados en invertir en la provincia.
Uno de los puntos centrales de la reglamentación es que el canon por utilización de terrenos estatales sólo se aplicará a los emprendimientos que hayan alcanzado la fase de explotación efectiva. De esta manera, los proyectos que todavía se encuentren en etapas preliminares quedarán exceptuados de ese costo.
Según explicó la periodista especializada Celeste Williner, la decisión responde a una estrategia orientada a favorecer la llegada de inversiones en un segmento considerado de alto riesgo.
“Esto tiene que ver con que se ha ordenado el patrimonio inmobiliario frente al avance de la actividad minera”, señaló.
Beneficios para la exploración
La reglamentación establece una diferenciación entre las distintas etapas del desarrollo minero. En el caso de las minas de primera y segunda categoría, el canon será obligatorio únicamente cuando el proyecto ya esté produciendo y utilizando efectivamente los terrenos fiscales.
Las fases de prospección y exploración quedaron completamente eximidas del pago, una medida que apunta a reducir costos en los momentos de mayor incertidumbre geológica.
“Esto es una forma de atraer inversores, exclusivamente para lo que es exploración”, destacó Williner al analizar el alcance de la nueva disposición.
La especialista remarcó, además, que la provincia busca posicionarse como un destino atractivo para las compañías que evalúan desarrollar campañas exploratorias.
“Mendoza está atrayendo inversores para lo que es exploración”, sostuvo.
Diferencias según el tipo de explotación
La normativa también contempla un tratamiento específico para las minas de tercera categoría, vinculadas principalmente a canteras y materiales destinados a la construcción.
En estos casos, los parámetros económicos se calcularán en función de variables objetivas como el volumen de producción, el mineral explotado y la superficie efectivamente utilizada por cada emprendimiento.
Desde el Gobierno mendocino consideran que el nuevo esquema permite compatibilizar el aprovechamiento de los recursos minerales con una administración más eficiente de los bienes públicos.
“La reglamentación establece la aplicación de un canon de uso obligatorio, pero va a regir exclusivamente para emprendimientos que hayan superado la etapa de exploración”, explicó Williner.
Con esta decisión, Mendoza busca generar condiciones más competitivas para captar inversiones mineras, especialmente en la fase exploratoria, considerada el punto de partida para el desarrollo de futuros proyectos productivos
