Oficializan modificaciones en el RIGI

Oficializan modificaciones en el RIGI

La nueva medida fue publicada ayer en el Boletín Oficial de la Nación.

El Gobierno modificó uno de los parámetros centrales del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) al actualizar el criterio que determina cuándo un proyecto es considerado de largo plazo.
La medida fue oficializada mediante la resolución 484/2026 del Ministerio de Economía, publicada ayer en el Boletín Oficial, y establece que el umbral del cociente financiero pasará del 30% al 35%.
De esta manera, se redefine el límite entre el valor presente del flujo neto de caja esperado -sin contar inversiones- durante los primeros tres años y el valor presente de las inversiones de capital proyectadas en ese mismo período.
Según se detalla en la norma, el cambio apunta a mantener el criterio de inversiones de larga maduración, pero adecuándolo a las características específicas de distintos sectores productivos alcanzados por el régimen.
La modificación surge tras informes técnicos de distintas áreas del Ministerio de Economía, que señalaron que el umbral anterior podía no reflejar correctamente la estructura económica y financiera de ciertos proyectos, en especial en el sector energético.
En ese sentido, la Secretaría de Energía indicó que los desarrollos hidrocarburíferos presentan esquemas de inversión con recuperación inicial más rápida, pero requieren reinversión constante a lo largo de ciclos que pueden extenderse entre 20 y 35 años.
A partir de estas particularidades, se consideró técnicamente razonable elevar el umbral al 35%, sin afectar el carácter de largo plazo exigido por el régimen.
En la misma línea, la Subsecretaría de Energía Eléctrica sostuvo que el ajuste no altera la naturaleza de los proyectos de infraestructura energética, mientras que la Secretaría de Minería afirmó que la modificación no impacta en la lógica de inversiones del sector.
Desde la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa señalaron que el cambio resulta neutro para actividades como la siderurgia, caracterizadas por altos niveles de inversión inicial y largos períodos de desarrollo.
El Ejecutivo precisó que busca optimizar la operatividad del RIGI y mejorar su adecuación a la realidad productiva, sin modificar su objetivo central de atraer inversiones de gran escala.
La nueva definición será aplicable a todos los sectores alcanzados por el régimen y entrará en vigencia desde hoy.
El Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) es un programa aprobado en 2024 (Ley 27.742) que ofrece beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios durante 30 años a inversiones superiores a los $200 millones de dólares. Busca atraer capitales para sectores estratégicos como minería, energía y agroindustria, garantizando estabilidad jurídica a empresas.
Entre sus principales características y beneficios incluye:

Reducción de Impuestos: Disminución del impuesto a las ganancias del 35% al 25%.

Beneficios Aduaneros: Exención de aranceles para importación de maquinaria y bienes de capital.

Facilidades Cambiarias: Libre disponibilidad de divisas por exportaciones (20% el primer año, 40% el segundo, 100% el tercero).

Estabilidad Fiscal: Protección ante aumentos de impuestos por tres décadas.

Apunta principalmente a la minería, con proyectos de litio y cobre que requieren alta inversión inicial.
A la energía, con la construcción de infraestructura de gasoductos o parques eólicos/solares y a las grandes obras de infraestructura en transporte y logística

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *