Avanzada judicial y política contra las tasas municipales enciende alarmas en los distritos bonaerenses

Avanzada judicial y política contra las tasas municipales enciende alarmas en los distritos bonaerenses

El 90,4% de los impuestos van para el estado nacional de los cuales un 59,9% no son coparticipables.

Por Infocielo

 

PREOCUPACIÓN DE LOS INTENDENTES

Un reciente fallo contra el municipio de Daireaux por la tasa vial sentó un precedente que preocupa a los municipios. A ello se suma la guerra ideológica liderada por Luis Caputo pese a que el impacto es mínimo respecto a los tributos nacionales.

Un fallo del Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de Trenque Lauquen, a cargo de Pablo Cristian Germain, abrió un nuevo frente de preocupación para los municipios bonaerenses al fijar límites concretos al cobro de la tasa vial en Daireaux.

La sentencia sentó un precedente superior a la creciente judicialización de particulares que accionan contra los tributos locales, especialmente contra la denominada tasa vial por caminos rurales.

Mientras la mayoría de los amparos se centraban en obtener de rendición de gastos de las comunas para corroborar la contraprestación efectiva de los servicios, el caso Daireaux  mide la prestación individualizada con el contribuyente, lo que para algunos intendentes “no refleja el funcionamiento real de los servicios públicos municipales”.

¿Qué dice el caso Daireaux sobre la Tasa Vial?

Se trata de una demanda de productores y empresas agropecuarias por el estado de los caminos rurales entre 2022 y 2024.

Si bien la justicia no declaró inconstitucional la tasa, estableció condiciones estrictas para su aplicación: debe existir una prestación efectiva del servicio y los fondos recaudados deben destinarse específicamente a ese fin.

En ese marco, la sentencia remarcó que no alcanza con la mera existencia de una estructura municipal o maquinaria disponible. La validez del tributo depende de una actividad concreta, verificable y vinculada con el contribuyente.

Aunque la sentencia no generalizó la invalidez de la tasa, estableció que la legitimidad del cobro debe evaluarse caso por caso, en función de si existió o no prestación efectiva del servicio para cada contribuyente.

Lo ocurrido en Daireaux  introduce un criterio que podría escalar: no alcanza con la legalidad formal de la tasa, sino que los municipios deberán demostrar —con números y ejecución concreta— que los recursos tienen un destino específico y verificable.

Para el municipio que gobernó hasta hace meses Alejandro Acerbo y que ahora está a cargo interinamente de María Serra el análisis judicial “no refleja el funcionamiento real de los servicios públicos municipales, que son de carácter general, continuo y organizados en función del interés colectivo”.

El mantenimiento de la red vial rural no responde a una lógica matemática ni individual, sino a una planificación permanente que busca garantizar la circulación, la producción y la conectividad de todo el distrito” alegaron.

La guerra política del gobierno nacional contra las tasas municipales

La creciente judicialización y los cambios de enfoque en la justicia se producen dentro de un contexto marcado por un creciente ataque del gobierno de Javier Milei contra los tributos municipales a los que atribuyen gran parte de las dificultades para el crecimiento económico territorial.

Pese a las declaraciones rimbombantes del ministro Luis Caputo son los tributos nacionales los que se llevan la mayor parte de la recaudación fiscal.

En el caso del agro, un informe de la Fundación Agropecuaria para el Desarrollo de Argentina (Fada) para el mes de marzo revela que la participación del Estado en el renta agrícola alcanzó el 62,5.

El desgranamiento indica que los impuestos municipales solo representan el 1,1% de la torta y que los provinciales alcanzan el 8,6%.

Lo propio ocurre con tasas como las de Seguridad e Higiene en supermercados. Mientras el gobierno nacional expone a intendentes por el cobro de tasas de entre 4 y 6%, el gobierno nacional recauda el 21% del IVA a nivel general con una tasa reducida del 10,5% para productos básicos como pan, leche, frutas y verduras

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