
Con 30 votos a favor y 6 en contra, el Senado aprobó sin cambios el texto que venía con media sanción de Diputados.
Así quedó establecido que las mineras tendrán que pagar una alícuota del 3% sobre el valor “boca mina”, como lo define la ley nacional 24.196.
«Básicamente es el valor del mineral extraído en la primera etapa, previo a la transformación. Para poner un ejemplo claro, se toma el valor del cobre en sí, y no el que puede adquirir cuando se transforma en un cable», puntualizó el director de Minería, Jerónimo Shantal. El funcionario recordó que esa unidad de medida para las regalías «se tomó del artículo 22 de la ley nacional».
En paralelo, advirtió que PSJ Cobre Mendocino estará en condiciones de producir cobre para exportar probablemente en tres años.
Puntualmente define que el 88% de la recaudación irá a Rentas Generales, y de ese monto, el 15% se destinará al Fondo de Desarrollo Económico y Socioambiental, que crea esta misma esta Ley. La idea es que ese fondo financiará proyectos de desarrollo económico, social, productivo y territorial; obras e infraestructuras socioambientales vinculadas a la actividad minera; así como acciones de control, monitoreo, participación ciudadana y fortalecimiento institucional.
Pero, además, establece que el 12% restante se asignará a los municipios donde se realice la extracción, siempre que adhieran al régimen. Pero a la par deja establecido que esos fondos que lleguen a las comunas no podrán destinarse a gastos corrientes, sino que exclusivamente deberán usarse para obras públicas e infraestructura económica, social, ambiental y productiva