
El Gobierno de Mendoza, a través de la Dirección de Minería, avanzó con la implementación del nuevo Código de Procedimiento Minero (Ley N° 9.529) al crear y reglamentar el Registro de Proyectos Mineros. Esta herramienta es considerada fundamental para “darle celeridad y modernización” a los procesos que involucran a la industria.
La medida busca un control más riguroso y transparente sobre las actividades mineras en la provincia, que son consideradas por la normativa como una actividad lícita, de utilidad pública y estratégica.
Según la reglamentación, se entiende como Proyecto Minero al área de concesiones o pedimentos que tiene como objetivo el descubrimiento, valoración, y la posterior preparación, desarrollo y producción de un yacimiento (Art. 43 CPM).
El nuevo “Registro de Proyectos Mineros” será llevado por la Escribanía de Minas y será de inscripción obligatoria para todos los peticionantes, titulares y operadores.
Las nuevas obligaciones para los operadores
La inscripción en el Registro de Proyectos Mineros no será un simple trámite. Los operadores deberán presentar una serie de documentos que incrementan la fiscalización y el control de la actividad:
- Formulario de Inscripción: mediante el sistema digital TICKETS de la Dirección de Minería.
- Declaración Jurada de Buenas Prácticas: en línea con la Resolución N° 192/24.
- Declaración Jurada Técnica: sobre los alcances del proyecto (Art. 45 Ley N° 9.529).
- Programa Mínimo de Exploración: obligatorio para los permisos de explotación (Art. 46 Ley N° 9.529).
Además de la inscripción inicial, la Autoridad Ambiental Minera tendrá la facultad de requerir a los operadores un informe de los avances y resultados técnicos de los trabajos en el plazo de quince (15) días.
Esta presentación de información será obligatoria en momentos clave de la operación, como el cierre de campañas, la discontinuidad de las operaciones, el cambio de etapa o los cambios en la titularidad de los derechos.
La normativa advierte que el incumplimiento de cualquiera de las disposiciones de esta resolución dará lugar a las sanciones previstas en el Código de Procedimiento Minero, buscando asegurar el cumplimiento de la legislación minera, ambiental y de higiene y seguridad.