La iniciativa fue enviada a la comisión de Hacienda para su tratamiento.
Las tasas municipales para los contribuyentes de Cutral Co podrán tener una incremento que ronde el 17,4 % para el primer semestre del 2026. El proyecto de ordenanza que envió el Ejecutivo tomó estado parlamentario en una sesión extraordinaria que realizó el Concejo Deliberante y se dispuso -por mayoría- su remisión a la comisión de Hacienda para su tratamiento y análisis.
El proyecto de ordenanza tarifaria 2026 ingresó al Concejo Deliberante de Cutral Co que preside Jesús San Martín, en la sesión extraordinaria que se desarrolló el jueves por la mañana. El único punto era abordar este proyecto y enviarlo a la comisión de Hacienda para su análisis. Así lo votó la mayoría de las y los concejales del bloque oficialista y con el voto negativo de Omar Pérez (La Libertad Avanza).
La negativa de Pérez obedeció a que la sesión extraordinaria no fue convocada con las 24 horas de antelación requeridas y que tampoco existía una razón de urgencia para hacerlo.
La iniciativa indica que el incremento de la Unidad Tributaria que luego se aplican a las diferentes tasas se fijará para el primer semestre de 2026, de acuerdo al índice de aplicación del Índice de Precios al Consumidor -IPC– que difundió la dirección provincial de Estadísticas y Censos de Neuquén en períodos acumulativos.
En consecuencia, la UT que está establecida en $2.350 con un 17,4 % eleva el valor a $ 2.760. La futura norma, de aprobarse, indica que habrá beneficios de un 5% de descuento a los contribuyentes que se adhieran al pago por débito automático. O bien, a quienes se les aplique el decuento por planilla de sueldos, tanto para el caso de servicios retributivos, ejercicio de la actividad comercial, patente automor y derecho de cementerio.
Para el caso del concepto de producción y distribución de agua potable se aplicarán siete UT que implica $16.450 por cada unidad familiar y por mes. Los incrementos también se advertirán en las multas por todo concepto: tránsito, actividad comercial, entre otras.
La iniciativa debe aprobarse en una sesión y luego debe convocarse a una audiencia pública que -aunque no es vinculante- permite que las y los vecinos puedan hacer observaciones y objeciones. Para que esto ocurra los ciudadanos tienen que inscribirse y participar. Luego de realizada la audiencia, se hace la lectura definitiva para su puesta en vigencia