En una resolución, el Tribunal Superior de Justicia confirmó que la designación de Sergio Edgardo Acevedo y José Antonio González Nora en el organismo tiene validez. La aclaración surgió por el uso inexacto de la expresión “ad referendum” en una resolución anterior
La aclaración surgió luego de que en las resoluciones de Presidencia del Tribunal del 26 de septiembre pasado, donde convocaban a los magistrados a prestar juramento se incluyera la expresión “ad referendum”, que quiere decir “sujeto a aprobación” del resto de los vocales.
Según explicó el Tribunal, se trató de un error material sin relevancia jurídica. “La fórmula ‘ad referendum’ fue utilizada de manera impropia y carece de efectos jurídicos sobre la validez de los actos realizados”, indicaron los jueces.
En la nueva resolución, aclararon que de acuerdo con los artículos 10 y 34 de la Ley Orgánica de la Justicia, el Presidente del Tribunal tiene competencia exclusiva para tomar juramento a los vocales y magistrados, sin necesidad de que sea ratificada con posterioridad.
Aclararon que solo en caso de delegación expresa del pleno podría el acto ser realizado por otro vocal o por el presidente de una Cámara de Apelaciones