El Decreto correspondiente determina que la medida abarcará a “los funcionarios y funcionarias que ocupen cargos de Intendente, Secretarios, Subsecretarios y Directores Generales” y que la presentación de realizará anualmente. Actualmente, el Artículo 132 de la Carta Orgánica Municipal, dispone que la presentación de Declaración Jurada de patrimonio debe realizarse al comienzo y al finalizar el paso por la función pública.
En los considerandos del Decreto, el intendente Saloniti especifica que, de esta manera, el Municipio adhiere a la invitación hecha por el gobernador de la provincia de Neuquén, Rolando Figueroa, mediante el Decreto Provincial 0117/25, con fecha del 25 de enero de 2025.
En el artículo 6° de esa normativa, el Ejecutivo provincial “invita a los Poderes Legislativo, Judicial, órganos extra poder y Municipios a emitir en el ámbito de su competencia normas de contenido similar” a la que ahora adopta San Martín de los Andes.
Además, el Decreto firmado por el intendente Saloniti “instruye a la Dirección de Recursos Humanos a efectos de retener los haberes de aquellos/as funcionarios que, en el plazo dispuesto, no hubieren dado cumplimiento a lo establecido y hasta tanto no presenten la correspondiente Declaración Jurada de patrimonio”.
También establece que “no podrá tomar posesión del cargo quien no dé cumplimiento a la obligación establecida en el artículo 132 de la Carta Orgánica Municipal”.
En el mismo Decreto, el Ejecutivo municipal invita “al Concejo Deliberante, Defensoría del Pueblo y del Ambiente, Justicia Administrativa Municipal de Faltas y Contraloría Municipal a emitir, en el ámbito de su competencia, normas de contenido similar”.
