Tiago Puente y Fernando Navarro (UCR) habían solicitado que cese la percepción de tributos a través de la factura de luz.
Reclamos
A través de su red social, el diputado Tiago Puente recordó que el 9 de octubre presentó una nota al ENRE por la que exigía que se investigue el cobro de las tasas a través de las facturas de luz. «¿La respuesta? Silencio total. Hoy la verdad sale a la luz: 94 empresas imputadas por cobros ilegales, incluyendo EC Sapem. ¿Dónde están los que gritan ‘TARIFAZO’? ¿Los que dicen defender al pueblo?
Mientras el ENRE miraba para otro lado, saqueba el bolsillo de los catamarqueños con cobros ilegales», expresó el legislaldor.
«La Resolución 267/24 confirma nuestra denuncia. Multas de hasta $2130 millones. La hipocresía tiene cara: hablan de los pobres pero permiten que les roben. Seguiremos denunciando. El pueblo merece la verdad», escribió Puente.
En la Capital
El concejal Fernando Navarro había presentado un proyecto en el Concejo Deliberante de la Capital por el que solicitaba que el Ejecutivo inste a la Empresa EC Sapem abstenerse a cobrar al usuario del departamento Capital en la factura de energía eléctrica el concepto de “tasa de ocupación del espacio aéreo”. Además, pedía que se proceda a eliminar dicho concepto en la factura de energía eléctrica que confecciona mensualmente la referida empresa.
A través de la factura de luz, el municipio percibe un 6% por la tasa de ocupación del espacio áereo y la tasa de alumbrado público que es de un 8% sobre determinados conceptos.
«La tasa de Alumbrado Público es un servicio que reciben los vecinos del departamento Capital, quienes abonan la tasa correspondiente a ese servicio, es decir, son los contribuyentes los sujetos pasivos de ese tributo.
Ahora bien, en relación con la Tasa de Ocupación de Espacio Aéreo, el sujeto obligado al pago de dicha tasa – contribuyente- no son los usuarios o consumidores del servicio de energía eléctrica, por cuanto no son las personas que hacen uso y aprovechamiento exclusivos de espacios de dominio público municipal», argumentó Navarro al solicitar que se retire de la boleta.
«En nuestra ciudad hay empresas concesionarias y prestadoras de servicios públicos a las cuales se les cede el uso de los lugares subterráneos como también del espacio aéreo. Estas empresas son los sujetos obligados al pago de la Tasa de Ocupación de Espacio Aéreo, es decir, son los contribuyentes por hacer uso y aprovechamiento exclusivos de espacios de dominio público municipal»