Tasas municipales: el Gobierno prohibió cobrarlas en las facturas de gas

El cambio golpea directamente en los bolsillos de los municipios.

El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) publicó en el Boletín Oficial la Resolución 625/2024, la cual deja sin efecto una norma del año 2018 que regulaba los códigos de facturación del gas.

Hace unos días el Gobierno de Javier Milei oficializó la norma que prohíbe a los municipios incluir impuestos y tasas en las facturas de servicios. Y ahora, fue el turno del gas.

El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) publicó hoy en el Boletín Oficial la Resolución 625/2024, la cual deja sin efecto una norma del año 2018 que regulaba los códigos de facturación del gas.

A partir de ahora, las distribuidoras de gas «deberán abstenerse de incorporar en la facturación cualquier concepto» salvo que cumplan una serie de requisitos.

«Determinar que las Prestadoras del servicio público de distribución de gas deberán abstenerse de incorporar en la facturación cualquier concepto sin dar previo cumplimiento a las condiciones establecidas en la Resolución N° RESFC-2018-30-APN-DIRECTORIO#ENARGAS», dice el artículo 2 de la norma.

Esto significa, tal como anticipó el ministro de Economía Luis Caputo, que los gobierno locales no podrán poner las tasas municipales en la boleta de este servicio público.

«El sistema gasífero no puede convertirse en una vía de financiamiento tangencial de los Municipios y/o Provincias», explica en sus considerandos la normativa.

El cambio golpea directamente en los bolsillos de los municipios.

«Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso, a través de la Resolución 2024-267 que saldrá mañana [por hoy miércoles 11 de septiembre] en el Boletín Oficial, que las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio», informó Caputo.

La Resolución 267/2024 ya publicada bajo la firma de Pablo Agustín Lavigne, secretario de Comercio, dispone que el cobro de tasas e impuestos municipales en las tarifas de servicios públicos «deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor».

Resolución 625/2024 by Cronista.com

Además, las boletas no podrán «contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable».

La medida se da luego de que el Gobierno Nacional apuntara la semana pasada contra los municipios por la suba de diversas tasas e impuestos para cubrir la caída de los ingresos desde la llegada de Javier Milei al poder, atada a una menor recaudación y coparticipación.

Así lo critica la resolución de este martes en sus considerandos: «Con el transcurso del tiempo, se ha ido transformando en una práctica generalizada para una gran cantidad de proveedores en el mercado la inclusión y facturación, dentro de la documentación comercial emitida a los consumidores por el suministro de bienes y servicios, de conceptos ajenos a aquellos contratado por el consumidor«.

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