Un municipio impuso una nueva normativa a actividad minera: prioridad para los trabajadores locales y tener sede en el departamento

Iglesia emitió una ordenanza que impone una serie de regulaciones a las empresas mineras que operan en esa jurisdicción. Los detalles.
El Concejo Deliberante de Iglesia aprobó una ordenanza municipal que tiene por objetivo la regulación de la actividad minera en el departamento. A través de esta resolución, busca imponer una serie de condiciones que buscan priorizar la contratación del personal local, asegurar las capacitaciones y otras cuestiones vinculadas a los proveedores y licitaciones.
Dicha norma, establece en el primer artículo que los emprendimientos mineros que posean sus proyectos en el departamento, en cualquier etapa de avance, deben informar a la Oficina de Empleo de la Municipalidad de Iglesia, el detalle de las empresas contratadas y subcontratadas que forman parte de dichos proyectos. A su vez, deben informarse los datos de residencia de estas empresas.

Como parte de esta nueva disposición municipal, las empresas deben estar instaladas y contar oficinas en del departamento Iglesia.

El tercer artículo contempla que el 70% del personal contratado por las empresas mineras deben ser iglesianos. En ese sentido, las compañías de garantizar fondos para la capacitación de los trabajadores en distintos rubros, para luego contratarlos como mano de obra a través de la Oficina de Empleo, la cual se encargará de controlar si efectivamente, esos trabajadores tienen residencia en Iglesia.

La misma normativa establece un sistema de multas que sancionará casos de falsificación de datos a la hora de consignar la residencia

Por otro lado, concejales les solicitan a las empresas la creación de un sistema de becas para estudiantes iglesianos del nivel secundario que quieran continuar estudios universitarios o terciarios, lo que incluye aportes económicos para solventar gastos de estudio y estadía, entre otros.

En su articulo 7°, la ordenanza impone condiciones para la contratación de proveedores locales. Solicitan a la empresa madre que las firmas iglesianas que se desempeñan en el proyecto y futuros proyectos mineros en el departamento entren en licitación cada seis años con el cumplimiento de los requisitos establecidos por parte de la empresa.

La normativa en su artículo 8° propone la Mesa de Trabajo de Minería que incluya a distintos actores de la comunidad “para coordinar medidas o puntos clave para el desarrollo” contención de la familia de los trabajadores mineros, inversión social.  Representantes de las cámaras mineras de Iglesia, del Ejecutivo municipal y del Concejo Deliberante, referentes o directivos de escuelas y de salud, además de gremios, sindicatos y controladores sociales de cada distrito departamental formarán parte de esa mesa. Se deberán reunir como mínimo cada 60 días.

Por último,  la ordenanza establece la creación del “Organismo Minero Municipal” con rango de secretaría. El cargo deberá ser ocupado por un ingeniero en Minas.

0264noticias.com.ar – Fuente: Minería y Desarrollo

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