Una abogada tributarista habló en Vibra FM (100.3). Explicó «hay que esperar que dice la Ordenanza» y aclaró en qué casos se puede recurrir a la Justicia para apelar la medida
La profesional confirmó que «es el Concejo Deliberante el que tendrá que determinar la incorporación de esta tasa municipal y la regulación de la misma a través de una Ordenanza» y agregó que «hay que esperar la sanción para conocer los pormenores».

Para la letrada «es un recurso tributario válido siempre y cuando no vulnere derechos , si hay alguna afectación el contribuyente la puede judicializar» y aclaró que «si el pago afecta claramente la subsistencia de una persona que no puede asumir el costo está en su derecho a iniciar alguna acción judicial«.
«Cada caso en concreto e individual, no es colectivo porque no es lo mismo que se lo cobren a un jubilado que a una persona que tiene un mayor poder adquisitivo», explicó al aire de la radio y afirmó que «esto está contemplado en los principios constitucionales de la tributación«.

Expresó que «esto surgió de una audiencia pública que a mi criterio no es vinculante. ahora debe pasar al Concejo Deliberante para que se establezca el modo de aplicación de la tasa municipal respetando los principios tributarios de acuerdo a la capacidad contributiva de los ciudadanos».
Recordó que «el alumbrado público eléctrico también se paga a través de la factura de Edemsa, esto habilitaría que se incluya esta tasa que tiene una contraprestación en beneficio de todos».
La abogada ratificó que «no se necesita una convalidación por la Legislatura, los Municipios tienen autonomía para fijar tasas de acuerdo a la Ley Orgánica».
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