
La Secretaría de Minería trabaja en una nueva reglamentación de la Ley 24.196 de Inversiones Mineras con la premisa de otorgarle una actualización para una profunda “desburocratización y simplificación administrativa”, tal como confirmaron fuentes de la cartera que depende del Ministerio de Economía. La norma ya cuenta con el Decreto Reglamentario 2686 publicado en el Boletín Oficial el 3 de enero de 1994.
El trabajo que ahora lleva adelante la Dirección Nacional de Inversiones Mineras, de la Secretaría de Minería que conduce Luis Lucero, tiene como eje central fortalecer el esquema para los proyectos más allá del vigente Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI). Se busca, en primera instancia, asegurar la convivencia estratégica entre ambas normas, pero luego fortalecer la accesibilidad y agilidad de la propia ley.
Este trabajo de actualización normativa se lleva adelante en momentos en que el Gobierno también impulsa la modificación de la Ley de Glaciares durante las próximas Sesiones Extraordinarias del Congreso. Para ello remitió al Congreso el Proyecto de Ley de Adecuación del Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial (Ley 26.639), una de las principales demandas del sector minero para destrabar sus inversiones.
Adecuar la Ley de Inversiones Mineras
La Ley 24.196 tiene como uno de los principales incentivos la garantía de estabilidad fiscal por un período de 30 años, durante el cual las empresas mineras no ven incrementada su carga tributaria. La ley prevé beneficios como la deducción del Impuesto a las Ganancias, la devolución del IVA y la amortización acelerada de inversiones, entre otros, y para la importación de bienes de capital, equipos e insumos con exenciones de derechos y otros gravámenes.
Desde la cartera se explicó que los cambios buscan «terminar con la discrecionalidad y el alto nivel de incumplimiento» que caracterizó la aplicación de la normativa para el sector desde su sanción legislativa. En ese sentido, se aseguró que la Ley de Inversiones Mineras y el RIGI no son excluyentes, sino complementarios, tal como lo habilita la Ley de Bases, con la condición de que los beneficios elegidos «no sean de la misma naturaleza y no se superpongan».
Desde el Ministerio de Economía, se están definiendo los parámetros que regirán esta convivencia, especialmente crucial para aquellos proyectos que tienen años de antigüedad bajo la Ley 24.196 y deciden adherirse al RIGI para acogerse a los beneficios aduaneros, tributarios y cambiarios con una inversión nueva destinada a exportación.
El trabajo en mejorar la Ley 24.196 se encara para asegurar su perdurabilidad frente a un RIGI que tiene la mirada de “incentivar una inversión concreta para que el proyecto se pueda construir y poner en marcha, aportando beneficios con estatus mejorado por 30 años. Hasta la sanción del nuevo régimen temporal en 2024, la estabilidad en la Ley de Inversiones solo aplicaba a proyectos con prefactibilidad.
Trascender la convivencia con el RIGI
Más allá del atractivo del RIGI que tiene vigencia inicial hasta fines del primer semestre de 2026 con posibilidad de que el Ejecutivo la prorrogue por un año más -algo que se asegura ya está en estudio-, se trabaja para que la ley mantenga plena vigencia de sus propios beneficios. Esto lleva a la planificación de cómo aplicar el artículo de la la Ley de Bases que establece que la adhesión al RIGI no implica renunciar a regímenes promocionales preexistentes.

«La Ley de Inversiones Mineras está lejos de perder interés -se asegura en el gobierno-, de hecho los proyectos en trámite empiezan a hacer consultas puntuales sobre sus beneficios». En ese sentido se señala que «el régimen va a perdurar, pero hay que fortalecerlo para que vuelva a tener la seriedad que alguna vez tuvo«. Además, muchos proyectos de menor envergadura no ingresarán al RIGI y por lo tanto, dependerán íntegramente de la Ley 24.196 para obtener incentivos de promoción a la industria.
La transformación más profunda llegará a través de «una modificación reglamentaria de la ley que busca eliminar la burocracia que exacerba la discrecionalidad de los funcionarios» y la consecuente «unificación de criterios», una crítica histórica del sector donde cada expediente podía tener una «visión según el funcionario que lo llevaba adelante», admitieron los mismos voceros.
Un «salto de calidad» en la normativa
Todos estos cambios, que se califican como un «gran salto de calidad«, se plasmarán en el decreto reglamentario y abarcarán modificaciones en el régimen de importación, el de devolución del IVA, el régimen de amortizaciones, la armonización en materia de medio ambiente con la secretaría correspondiente, y modificaciones en la presentación de declaraciones juradas anuales obligatorias.
También se implementarán herramientas de derecho informático para registrar todos los antecedentes de cada proyecto, lo que va a otorgar información fidedigna y asegurará que no se pueda registrar ningún dato que no tenga un respaldo documental. En la práctica, también se espera que la transformación en la aplicación de la ley cambie la forma de hacer las auditorías, para «pasar a conocer el proyecto desde un aspecto presencia y no solo desde los papeles».
Finalmente, se aclaró que las adaptaciones en las que trabaja la Secretaría de Minería, que implican una desregulación y simplificación, “no significan una falta de control, sino un control ejercido de otra manera«, tal el aporte que se espera de los lineamientos de la actualización de la norma, la cual es largamente elogiada por la industria pero que careció de plena ejecución desde su sanción.
Las primeras modificaciones realizadas
Algunas modificaciones ya están siendo implementadas por la Secretaría, con lo cual se asegura que esta nueva visión de control está resultados inmediatos, y a partir de 2024, el nivel de cumplimiento de las obligaciones por parte de los proyectos activos escaló a un 80%, revirtiendo un alto nivel de incumplimiento que caracterizaba a la norma.
Una de las modificaciones más importantes logradas es la agilización del trámite de verificación de las inversiones realizadas y proyectadas por una empresa, que antes era engorroso y de difícil cumplimiento. Los formularios que estaban vigentes contenían más de 1000 campos de datos para completar, en los cuales 80% de la información requerida no tenía respaldo legal.
Por otro lado, se acotaron significativamente los tiempos que le lleva a la Secretaría de Minería otorgar un certificado de estabilidad fiscal a la empresa que lo solicite. Hasta hoy, este trámite llevaba un tiempo promedio de un año.
Por último, con el fin de reducir la intervención estatal y maximizar la eficiencia en la gestión pública, se corrigió la superposición de tareas entre la Secretaría de Minería y el Servicio Geológico Minero Argentino (Segemar) en lo que respecta al procesamiento de datos geológicos, poniendo bajo su órbita el Banco Nacional de Información Geológica