
La primera de las leyes reemplaza de manera integral la Ley J Nº 2904 y establece que al menos el 80% de la mano de obra contratada en obras públicas y privadas de interés provincial deberá ser local, definiéndose como tal quienes posean residencia efectiva en Río Negro. Además, se incorpora un mínimo del 20% de mujeres y disidencias, promoviendo la equidad de género en el empleo.
Entre las medidas principales, la ley crea el Registro Provincial de Trabajadores y Trabajadoras Desempleados/as, dependiente de la Secretaría de Trabajo y articulado con municipios y sindicatos, para canalizar la oferta laboral local. También establece sanciones progresivas para los incumplimientos, que van desde multas hasta la rescisión de contratos.
El texto de la ley sumó la incorporación en el proyecto de un artículo para que dentro del 80% establecido para mano de obra local haya un mínimo del 20% destinado a mujeres y disidencias.
Proveedores locales
En paralelo, se sancionó una ley que fomenta la participación de proveedores locales en proyectos hidrocarburíferos, mineros, energéticos e infraestructura estratégica. Su objetivo es que las inversiones de gran envergadura generen un impacto directo en la economía rionegrina.
El régimen incluye programas de capacitación, asistencia técnica y acceso a financiamiento para pymes, y será aplicado por el Ministerio de Producción y Agroindustria, que coordinará el Registro Provincial de Proveedores Locales junto con cámaras empresariales, municipios y entidades intermedias