
La iniciativa busca mejorar la conectividad regional y articular el tren con el Metrotranvía de Mendoza. Su inversión será 100 millones de dólares.
A mediados de junio, Cornejo rubricó un convenio con el Secretario de Transporte de la Nación, Luis Pierrini, para autorizar a la Provincia a intervenir un tramo de 32,3 km del ramal del ferrocarril San Martín, que se utiliza para trenes de carga habitualmente. El «Tren de Cercanías del Este» recorrerá 8 estaciones desde Junín hasta Maipú y buscarán que se inaugure en 2027.
La iniciativa se enmarca en la Ley Nacional 27.132, que establece como política de interés público la reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y cargas en todo el país. También se apoya en el Decreto Nacional 526/2024, que habilita la participación de terceros en la gestión y operación del sistema ferroviario, facilitando inversiones y convenios interjurisdiccionales.
Desde el Ejecutivo provincial se señaló que el incremento en la demanda de transporte obliga a ofrecer nuevas alternativas, especialmente en zonas que anteriormente no eran consideradas urbanas. El proyecto apunta a ofrecer un sistema moderno, rápido y sostenible, con reducción de tiempos de viaje y del impacto ambiental.
El acta acuerdo firmada entre las partes prevé coordinar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para avanzar en la concreción del proyecto definitivo, respetando la normativa vigente del sistema ferroviario nacional.
Cláusulas del acuerdo
En el anexo figuran incluye las cláusulas del acuerdo en la que detallan los compromisos de las partes:
- Cláusula Segunda («Las Partes»): Las partes se comprometen a gestionar los instrumentos legales necesarios para la implementación de «EL PROYECTO FINAL,» priorizando la firma de un acuerdo específico en un plazo de treinta días.
- Cláusula Tercera: Define que «EL PROYECTO FINAL» será administrado por la Secretaría de Transporte y «BCYL» en lo relativo a la infraestructura y servicios, respetando la normativa vigente. Esto abarca la autorización de operaciones en la red ferroviaria nacional, el registro de operadores y la planificación de mejoras en la infraestructura.
- Cláusula Cuarta: Establece que la suspensión del acuerdo no implica una renuncia a los derechos del Estado Nacional.
- Cláusula Quinta: El presente acuerdo está sujeto a la validación del Estado Nacional.
- Cláusula Sexta: En caso de controversias, las partes se comprometen a buscar una solución de mutuo acuerdo. Si no se logra en treinta días, el Estado Nacional resolverá la disputa por vía administrativa.