Pese a la resistencia local, Senasa habilita el ingreso de carne con hueso a la Patagonia

El organismo adecuó las exigencias sanitarias para el tránsito de carnes y material reproductivo entre las zonas libres de fiebre aftosa con y sin vacunación. Los posicionamientos provinciales

El Senasa modificó las condiciones sanitarias para el ingreso de carnes (con o sin hueso), productos cárnicos y material reproductivo, desde las zonas libres de Fiebre aftosa con vacunación hacia regiones del país donde no se aplica la vacunación.

Esta adecuación, definida en la Resolución 180/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial, está en línea con las recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) y establece pautas sobre la maduración, empaque, procesamiento y transporte de carnes, así como requisitos sanitarios específicos para el material reproductivo.

Entre los argumentos se establece que el objetivo es garantizar la sanidad del ganado y la inocuidad de los productos, sin afectar la comercialización o el abastecimiento interno, ni el mantenimiento de los mercados con otros países.

“Se establecen las condiciones sanitarias para el ingreso de material reproductivo, carnes y productos cárnicos de animales susceptibles a la Fiebre Aftosa, desde las Zonas Libres de Fiebre Aftosa con vacunación con destino a las Zonas Libres de Fiebre Aftosa sin vacunación, ambas de la República Argetnina, reconocidas por la Organización Mundiald e Sanidad Animal (OMSA)”, indica la resolución firmada Pablo Cortese.

Condiciones 

“Para autorizar el ingreso de carnes con y sin hueso y productos cárnicos de animales susceptibles a la Fiebre Aftosa a las Zonas Libres de Fiebre Aftosa sin vacunación, procedentes de las Zonas Libres de Fiebre Aftosa con vacunación, se establecen las siguientes condiciones:

Inciso a) deben haber sido obtenidas de animales que permanecieron en un país o una Zona Libre de Fiebre Aftosa con o sin vacunación, que hayan sido sacrificados en un establecimiento habilitado  y hayan resultado aptos en el examen ante y post-mortem.

Inciso b) en caso de ser obtenidas de rumiantes, debe excluirse la cabeza, incluyendo la faringe, la legua y los nódulos linfáticos asociados.

Inciso c) las carnes frescas de rumiantes, con/sin hueso y/o menudencias, deben haberse obtenido de canales a los que se le han extraído los principales ganglios visibles y que han sido sometidos a un proceso de maduración a una temperatura de más de 2 grados centígrados (+2 °C) durante al menos 24 horas después del sacrificio, y en las que el valor del Potencial de Hidrógeno (pH) ha sido menor o igual a 5,9, medido electrónicamente en la mitad del músculo dorsal largo previo al cuarteo y/o desposte.

Inciso d) los cortes o cuartos primarios enfriados y/o congelados, con/sin hueso, deben contar con un empaque primario y uno secundario debidamente rotulados cada uno de ellos individualmente.

Inciso e) las menudencias comestibles deben contar con empaque primario y secundario debidamente identificado, pudiendo ser su presentación individual o en block, según producto en presentación enfriada y/o congelada

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *