En la reglamentación dispuesta por la gestión de Javier Milei se indica que la contratación será “siempre y cuando la oferta de proveedores locales se encuentre disponible y en condiciones de mercado”.
El Gobierno de Javier Milei oficializó ayer la reglamentación del Régimen de Incentivo de Grandes Inversiones (RIGI), paso esperado tanto por las empresas con proyectos pendientes -que para ponerlos en marcha y obtener los beneficios impositivos, cambiarios y aduaneros- como por algunos diputados locales que esgrimían la necesidad de contar con la letra chica. Más allá de eso, la reglamentación establece un Plan de Desarrollo buscando asegurar la contratación de que al menos el 20 por ciento de las adquisiciones totales de bienes y servicios (teniendo en cuenta el monto total de la inversión) sean de proveedores locales.
En el plano general, el régimen ofrece incentivos y establece un sistema de protección de derechos adquiridos para los responsables de un único proyecto de inversión que supere los U$S 200 millones. En este orden de ideas, la reglamentación confirma que ocho sectores podrán beneficiarse del programa, incluyendo industria forestal, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, y el sector de “petróleo y gas”. En este orden de ideas, se fijaron condiciones para cada sector, como por ejemplo en el turismo, donde se incluyen actividades relacionadas con el servicio de hospedaje y alojamiento, o la infraestructura, la cual involucra la construcción de estructuras físicas, redes y sistemas públicos o privados para “logística y transporte (vial, terrestre, marítimo, fluvial, portuario, ferroviario, aeroportuario) y proyectos de esparcimiento”. En cuanto a la minería, comprende actividades de prospección, exploración, desarrollo, extracción y explotación.
Como condición de permanencia, las empresas deben realizar al menos el 40 % del monto mínimo de inversión en los dos primeros años desde la aprobación de la solicitud de adhesión. Además, la inversión debe completarse antes de la fecha límite comprometida en el plan; y deberán prever para el primer y segundo año una inversión mínima en activos computables igual o superior al monto que fijará oportunamente la autoridad de aplicación. En la letra fina, el RIGI también otorga grandes ventajas en materia de acceso a los dólares (una salida del cepo a medida), impuestos y estabilidad en las reglas de juego (seguridad jurídica) durante 30 años.
Ahora bien, uno de los puntos que despertaba inquietud a nivel local tiene que ver con la continuidad en la contratación de proveedores de bienes y servicios. En este sentido, la reglamentación establece que los proyectos que se adhieran al RIGI están obligados a presentar un Plan de Desarrollo de Proveedores Locales. El objetivo con ello es asegurar que al menos el 20% de las adquisiciones totales de bienes y servicios sean con proveedores locales. No obstante, las contrataciones deben realizarse siempre que estos puedan cumplir con los estándares de calidad requeridos y ofrecer condiciones competitivas en cuanto a precio y plazos de entrega. Es que, si no hay proveedores locales que cumplan con estos criterios, se permite la contratación de proveedores internacionales.
En la reglamentación se estableció que para adherir, el proyecto debe incluir “un compromiso, con carácter de declaración jurada, de que se contratará, para el desarrollo del Proyecto Único, a proveedores locales para la provisión de bienes y obras en un porcentaje equivalente, como mínimo, al 20% de la totalidad del monto de inversión destinado al pago de proveedores de bienes y obras”. Párrafo seguido, aclara que “ello, siempre y cuando, la oferta de proveedores locales se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto al precio y calidad”. “El compromiso deberá expresamente señalar que el referido porcentaje se mantendrá durante las etapas de construcción y operación”, agrega