La justicia neuquina dispuso un millonario embargo contra directivos de una empresa que manejaba la disposición de residuos de la actividad petrolera. Avanza la investigación del negocio de los basurales de Vaca Muerta denunciado por la Asociación Argentina de Abogadxs Ambientalistas.
En diciembre de 2020, la Asociación de Abogados y Abogadas Ambientalistas de Argentina (AAdeAA) junto con la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos presentaron una denuncia penal por contaminación ambiental contra la empresa.
Luego de la instrucción de la causa, el pasado 15 de febrero en audiencia pública, la Unidad Fiscal de Delitos Ambientales de Neuquén, a cargo del fiscal Maximiliano Breide Obeid, acusó a dos empresarios y un ejecutivo de la compañía por la contaminación provocada por el basurero petrolero. Los imputados por los delitos de contaminación peligrosa para la salud pública y administración fraudulenta son Juan Manuel Luis, fundador y director de la empresa; Héctor Basilotta, director suplente entre abril de 2014 y enero de 2021; y Federico Ponce, gerente general y responsable técnico de la firma entre 2013 y septiembre de 2016.
A solicitud del ministerio público, el juez de Garantías Mauricio Zabala ordenó el embargo por 7 millones de dólares de las cuentas del dueño y del exdirector suplente de la empresa, residentes en provincia de Buenos Aires y la Caba, quienes asistieron a la audiencia en forma virtual. También se les dispuso la prohibición de salir del país sin previa autorización y se declaró la inhibición general de bienes de la empresa.
Pasivo ambiental
“En las perforaciones (del fracking), a la vez se lleva a cabo un proceso de inyección de millones de litros de agua y de una gran sopa química de entre 500 y 900 componentes y de remoción de muchos metros cúbicos de tierra y rocas. Después, cuando se lleva a cabo el proceso de extracción de los hidrocarburos no convencionales es importante mencionar el fluido de retorno, todo lo que regresa: el agua, las arenas, la sopa química, que se lleva a sitios de deposición y de tratamiento (entre comillas) que es lo que precisamente nosotros estamos denunciando sobre la empresa Comarsa”, explicaba el abogado de la AAdeAA Rafael Colombo en una entrevista con Canal Abierto.
Justamente, la imputación por administración fraudulenta es por la simulación de ganancias por la realización de tratamientos que nunca se efectuaron. El fiscal estableció en la audiencia que Comarsa recibió residuos “por sobre su capacidad instalada de tratamiento”, que fue acumulando dentro del predio, a la vez que emitía certificados y cobraba por tratamientos no realizados.
“Actualmente, permanecen acopiados en el predio y sin tratamiento alguno más de 210.000 metros cúbicos de residuos peligrosos, sólo separados de la población circundante por 500 metros y un paredón de hormigón que se encuentra prácticamente caído”, afirmó Breide Obeid.
La fiscalía sostiene que los contratos con YPF S.A. le reportaron a Comarsa ingresos por más de 700 millones de pesos que “se cobraron sin haber realizado el tratamiento de los residuos y sin asentar entre sus deudas los residuos pendientes de tratamiento”. Esto permitió a la empresa “simular ganancias y justificar la distribución de honorarios y dividendos”.
Según la evaluación de la fiscalía especializada remediar el pasivo ambiental que causó la empresa rondaría la cifra que se solicitó embargar a los acusados.
Afectados
La fiscalía solicitó la declaración de caso complejo y pidió un año más de plazo para realizar las investigaciones dado el elevado número de víctimas, la complejidad de las pericias que restan realizar y que “la fiscalía considera que se trata también de un caso de delincuencia organizada”.
La planta de Neuquén se encuentra a apenas 500 metros de barrios densamente poblados de la periferia de la capital neuquina, “es inconmensurable la cantidad de vecinos afectados”, señaló el fiscal en su exposición.
“Nadie asegura que los efectos de los daños ambientales no duren muchísimos años más, no afecten nuestra salud y los derechos de las generaciones presentes y futuras”, se sostiene en el fallo judicial.
Fuente: Canal Abierto