El municipio presentó un escrito denunciando el nuevo acampe realizado por esa agrupación en la plaza Independencia. Además, se multó a otras organizaciones que interrumpieron el tránsito.
LUIS MARTINEZ
Estas asociaciones, que conforman la Unidad Piquetera, llevaron a cabo una marcha por las calles del centro mendocino y un posterior acampe en ese espacio de la capital, que se extendería hasta este jueves, en reclamo a las políticas impulsadas por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
En el escrito presentado por el municipio, se pone en conocimiento que no es la primera vez que estos hechos suceden. En septiembre del 2022 ocurrió un acontecimiento similar “donde los manifestantes, de un modo injustificado, doloso e ilegítimo; produjeron cuantiosos daños a bienes correspondientes al mobiliario público de la plaza, incluyendo bancos, farolas, basureros, calzadas de mármol, aspersores de riego, árboles y jardines de césped; además de dejar una cantidad insólita de desperdicios y otros destrozos”, según consta en la denuncia.
“Debe hacerse notar también que en aquellas ocasiones, y en la actual, los manifestantes entorpecen y/o directamente impiden el libre tránsito (incluyendo al espacio de la fuente central y prados aledaños) de los cientos de ciudadanos y turistas que diariamente circulan y permanecen en dicho espacio público, así como las diferentes calles céntricas”, agrega el escrito.
“Es por estas circunstancias que requerimos de la intervención del Ministerio Público, solicitando que ordene el cese de las actividades referidas y prevea el inmediato desalojo de los ocupantes de la plaza Independencia de la Ciudad de Mendoza”, finaliza el texto en la denuncia.
Multa a las asociaciones CCC y APePro
Además, el municipio multó a otras agrupaciones que se manifestaron e interrumpieron el tránsito en la Ciudad. Se trata de las asociaciones CCC y APePro las cuales cortaron la fluidez y circulación vehicular de las calles Colón y San Martín por el lapso de 1 hora 50 minutos.
El accionar de estas personas se encuentra penado por los artículos 1 y 3 de la Ordenanza Nº3016/91, Decreto Nº863/08 y artículo 19º de la Ordenanza Nº3877/14 (actos o eventos en la vía pública – Código de Convivencia).