Un freno al despojo minero en Río Negro: Conciliación para la comunidad de la Línea Sur

El Estado rionegrino deberá asumir una nueva audiencia de Conciliación Obligatoria con las comunidades indígenas mapuche y mapuche-tehuelche de la Línea Sur por permitir cateos y exploración minera dentro de sus territorios, sin participación ni consulta previa, libre e informada.

La primera audiencia de conciliación tuvo lugar el 25 de febrero 2022 via Zoom a cargo del Juzgado de Familia, Civil, Comercial, Minería y Sucesiones N° 11 de El Bolsón a cargo del Juez Marcelo Muscillo.

Participaron de la misma, representantes de la Fiscalía de Estado, Secretaría de Minería, Secretaría de Ambiente y Cambio Climático, representantes del CoDeCI (Consejo de Desarrollo de las Comunidades Indígenas) zona Andina, por parte del Gobierno de Río Negro, y el Werken de la Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro junto a representantes de las comunidades afectadas.

Son siete las comunidades mapuche y mapuche-tehuelche, habitantes de aldeas, campos y parajes de la Línea Sur de la provincia de Rio Negro, quienes denuncian que las empresas mineras ingresan a sus territorios ancestrales a tomar muestras y llevarse materiales.

Pulan lafken, de Laguna Blanca, Newen ñuke Mapu, de Cañadón Chileno, Mariano Solo de Coluan Colhué, Amulenche, de Mencué Viejo, Ragiñ Plangkura mew, de Blancura Centro, Pilquiniyeu del Limay, de Pilquiniyeu del Limay, y Ancalao, de Ñorquinco, dan cuenta de las distintas formas de hostigamiento que reciben las y los pobladores.

Los comuneros se encuentran con estas inesperadas visitas, donde se les intenta convencer, ofreciéndoles mejoras en sus casas, acceso a una beca de estudio para lxs hijxs, leña, etc. sin respetar las propias formas, personas e instituciones legitimadas por las comunidades indígenas para la toma de decisiones o cualquier asunto que las involucre.

De cara a la nueva audiencia de hoy martes 29 de marzo, Orlando Carriqueo, werken (vocero) del Parlamento Mapuche Tehuelche de Rio Negro, declaró «lo importante es hay una medida cautelar que sigue vigente, esto quiere decir que si bien la apeló el gobierno, ninguna empresa minera puede entrar a hacer ningún trabajo, solo pueden entrar si es que han dejado herramientas maquinaria y retirarlas, pero no pueden seguir, al menos hasta que se resuelva la cuestión de fondo que estamos planteando que es la consulta previa, libre e informada.

«Carlos Huayaquil, lonko de la comunidad Ragiñ Plangkura mew de Blancura Centro, departamento de Pilcaniyeu, así se lo expresaba al juez «nuestra gente ya ha sido avasallada en su territorio, y lo poco que nos ha dejado el Estado debemos defenderlo porque es lo más importante para nuestra cultura e identidad. Están dañando nuestra ñuke mapu, nuestra madre tierra. Venimos de una comunidad con malos recuerdos. Fuimos arrinconados en los últimos lugares. El Estado no nos tiene en cuenta como seres humanos. Nos van arrebatando el territorio y nos vamos a quedar sin nada.

«Estas audiencias se dan en el marco de un Amparo Colectivo presentado en diciembre de 2021 ante los permisos que la Secretaria de Minería provincial otorgó a la empresa Ivael Mining S.A. para el cateo y exploración de minerales, en una jurisdicción que abarca más de 50.000 hectáreas.

En el transcurso de esta primera audiencia, algunos de los aspectos resaltados por las partes dan cuenta una vez más, de una falta de articulación dentro de la legislación vigente, capaz de garantizar los derechos de las comunidades indígenas. Leandra Lacaze, abogada de la Secretaría de Minería del gobierno provincial argumentaba que «no hubo actuación de la autoridad minera por fuera de la ley» explicando el procedimiento establecido por el código y leyes de minería por el cual se otorgan los permisos de exploración, cateo y explotación: «La propiedad minera es distinta al suelo que la compone. El recurso es del Estado y se da a un particular la explotación.

La autoridad minera pide un catastro minero y técnico para ubicar ese derecho. Si está en tierras fiscales, pedimos información a la Dirección de Tierras. En el caso de que sea propiedad privada notificamos al propietario. Tierras y Catastro nos da la información. Hicimos ese procedimiento, publicamos los edictos (la autoridad minera publica el edicto en el destacamento policial de la zona). Luego la autoridad minera otorga permiso y concesión y materializa por mesura el derecho minero.

Ahí los ocupantes toman conocimiento. una vez aprobado el informe de impacto ambiental (informe que elabora la empresa interesada y que no constituye una «evaluación» de impacto ambiental) la autoridad minera otorga el permiso o concesión de cateo y exploración, dando el «derecho de opción o preferencia» al propietario superficial (tiene prioridad si desea continuar con la explotación). Aquí, no hay explotación sino permisos de exploración y cateo.

En caso de tierras fiscales los permisionarios no se notifican, solo notifican la existencia del derecho minero y aquí no están individualizadas, ni en Tierras, ni en el CODECI, las comunidades dentro del derecho minero otorgado».

A su turno, Orlando Carriqueo, daba cuenta que «es el Estado el que debe adecuar las leyes y derechos mineros al derecho indígena ya que en Rio Negro ninguna comunidad tiene título de propiedad y por ello no están registradas en el catastro. Así y todo, el director de Tierras conoce como la palma de su mano esta provincia y cada comunidad. Estas comunidades que presentan amparo han marcado distintos grados de afectación. Encontrar gente dentro del territorio, amenazas, promesas, forman parte de una afectación en los territorios que han sufrido, ya en el proceso de la historia argentina, y que los llevó a un arrinconamiento en los sectores menos productivos. En su momento la política del Estado los corría de los espacios productivos. Hoy esa misma perspectiva del Estado busca minerales en estos territorios.»

De las más de 160 comunidades, solo 60 han sido relevadas desde que se aprobó la ley 26.160 de emergencia territorial indígena y que establecía un plazo al Estado (varias veces prorrogado) para relevar las comunidades y regularizar la situación dominial de los territorios indígenas.

Pero tampoco cuenta aún el Estado con una ley de propiedad comunitaria indígena que permita la inscripción de las mismas en el catastro y otorgue la estabilidad territorial a las comunidades preexistentes en el territorio.

«Ahora la provincia quiere delimitar las comunidades para que se «vean las afectaciones». Acá vinimos a buscar la Consulta Previa», concluye Carriqueo.

Pese a la existencia de leyes y acuerdos de carácter supranacional y de cumplimiento obligatorio suscritos por el Estado Nacional, como el 169 de la OIT, o el acuerdo de Escazú entre otros, el gobierno de Rio Negro incumple el derecho a la consulta libre, previa e informada, así como el respeto de la forma de vida tradicional de las comunidades preexistentes. Una legislación no efectivizada en más de 15 años como la ley 26.160 de relevamiento territorial de comunidades originarias, habilita que un código provincial tenga mayor peso que convenios internacionales, al considerar tierras fiscales a los territorios comunitarios.

La gobernadora de Río Negro Arabela Carreras, parece decidida a avanzar pese a todo. A principios de marzo anunció la presentación de un proyecto para la regularización de tierras en la provincia. Según declaró en ese momento, el reconocimiento de títulos de propiedad será aplicado a aquellas tierras «que no estén enfrentando causas judiciales».

Así, buena parte de las comunidades que enfrentan en instancias legales el avasallamiento de los terratenientes y empresas, o del propio Estado, quedarían excluidas de acceder a esta regularización dominial.

En el caso particular de las comunidades indígenas, además, el proyecto se complementa con la creación de una Dirección de Tierras Indígenas, un nuevo organismo estatal que desconoce las organizaciones indígenas ya existentes en la provincia como el Codeci, el CAI (consejo asesor indígena) y los movimientos autónomos de las más de 160 comunidades que habitan en la región.

Fuente: Resumen Latinoamericano

– El Extremo Sur de la Patagonia