La Corte Suprema provincial tomó esta decisión sobre un caso particular en Zenón Pereyra, pero sienta precedente
La aplicación de fitosanitarios se vuelve a poner en el centro de la escena, en esta oportunidad por un fallo de la Corte Suprema de Santa Fe. El máximo tribunal dejó firme el fallo que prohíbe el uso de fitosanitarios a menos de mil metros de una vivienda.
Se trata de un caso particular de gran trascendencia. Una familia de Zenón Pereyra inició en 2014 un reclamo, que recién ahora se dejó firme. El fallo se conoció en diciembre de 2020, pero el tema se retomó desde la ONG “Paren de fumigarnos” debido a que estableció precedente.
La Corte Suprema de Santa Fe no dio cabida a un recurso que presentó la comuna de Zenón Pereyra. Por este motivo, dejó en pie la resolución de Cámara de 2020.
“La multisectorial “Paren de Fumigarnos” expresa su satisfacción por la resolución del 14 de diciembre pasado de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, al rechazar el pedido de queja de la comuna de Zenón Pereyra por denegación del recurso de inconstitucionalidad, acto que confirmó el oportuno fallo de la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Fe”, destacó la ONG en un comunicado.
El fallo deja firme la prohibición del uso de fitosanitarios a menos de mil metros para la vivienda de la familia Bassi. Esta decisión del supremo tribunal va más allá de la ley provincial que fija un mínimo de 500 metros y, además, deja la puerta abierta para hacerse extensivo a todo el territorio.
Caso Bassi
La familia Bassi, compuesta por Oscar y su hija Estefanía, presentó en 2014 un recurso de amparo contra el propietario de un campo lindero en Zenón Pereyra. Esta localidad se encuentra al oeste de Santa Fe, a 76 kilómetros de Rafaela.
En 2014, la familia presentó este recurso y en primera instancia se hizo lugar al amparo, pero con una distancia de 500 metros. Luego el conflicto siguió escalando hasta que se conoció el fallo de la Corte Suprema de la provincia
– Agrofy News