COMPRE SANJUANINO, LA LEY A LA MEDIDA DE LOS PROVEEDORES LOCALES

De ahora en adelante, a través de “Compre Sanjuanino”, los proveedores locales tendrán preferencia por sobre los de afuera.

Está destinada a brindar beneficios de preferencia en las compras y contrataciones que realice el Estado Provincial en todos sus entes descentralizados y autárquicos. Surgió en el marco del Acuerdo San Juan y ya está vigente. Escribe: Omar Andrada

Algunas de las propuestas seleccionadas dentro de lo solicitado en el Acuerdo San Juan ya empezaron a caminar. En la anterior sesión de la Cámara de Diputados se sancionó un paquete de medidas, las más urgentes y que requieren la ejecución a corto plazo tal lo que se propuso en ésa búsqueda de consenso para enfrentar la actual realidad económica agravada por la pandemia del Covid-19.
Una de ellas es la que lleva por denominación “Régimen de Compre Sanjuanino” y que tiene por objeto que los proveedores sanjuaninos tengan preferencia por encima de los que no lo son a la hora de competir por compras o contrataciones que realice el Estado provincial.

“SE AGREGA COMO PROVEEDOR PREFERENTE DEL ESTADO PROVINCIAL A LOS PROVENIENTES DE LA ECONOMÍA SOCIAL”. DIP. RODOLFO JALIFE

Si bien es cierto ya existía una normativa anterior, la Ley N° 158 Compre Local, ésta no era muy específica respecto de qué se entendía por empresas locales y con la sanción del nuevo régimen se derogó.
La preferencia está dada en que se crearon cinco categorías de proveedores que son: Industriales, comerciales, de servicio, empresas constructoras y cooperativas de la economía social.
A partir de ello se ha fijado una escala de porcentajes que van del 3% al 9% según sea la categoría a los fines de hacer efectivo el beneficio.
La ley establece que serán preferidas las ofertas de los Proveedores Locales, incluidos en este Régimen, que superen los precios de los demás competidores no locales en los porcentajes que se establecen en las siguientes escalas: Industriales: Un 6% para aquellos que tengan hasta 5 empleados; 8% para aquellas que tengan entre 6 y 15 empleados y un 9% cuando tengan más de 15 empleados.

“EL OBJETIVO ES QUE LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL GOBIERNO PROVINCIAL QUEDE EN MANOS SANJUANINAS”. VICEGOBERNADOR ROBERTO GATTONI.

Servicios: Un 3% para aquellos que no tengan empleados; un 5% para los que tengan hasta 5 empleados y un 7% cuando tengan más de 5.
Constructoras: Un 5% para aquellos que tengan hasta 70 empleados y 7% para los que tengan más de 70.
También establece que se tendrá en cuenta el promedio de empleados en la nómina con domicilio en la Provincia de San Juan, según requisito del artículo 2º de los últimos 6 meses.
Por otra parte tendrán la posibilidad de mejorar la oferta cuando los productos sean fabricados en SJ, esto será cuando sea necesario igualar la mejor oferta de un foráneo para ser adjudicado y cuente con las certificaciones del Ministerio de Producción.
Para y ser considerados proveedores locales tienen que cumplir con todas las obligaciones del fisco provincial, obtener el certificado de cumplimiento fiscal que otorga la Dirección General de Rentas, tener domicilio legal y fiscal en la provincia, una antigüedad en la actividad no menor a dos años en SJ (la anterior no lo contemplaba), disponer de un establecimiento y tener contratadas personas que tienen domicilio en la provincia.
Para generar el registro las inscripciones se realizarán en el ministerio de Producción, mientras que el organismo de aplicación será el Ministerio de Hacienda.
Además del Compre Sanjuanino se revisaron las normas tributarias de la provincia, impuestos y tasas municipales. Dispusieron cambios en el impuesto de sellos, ingresos brutos, adicional Lote Hogar; y en el régimen de Agentes de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
La ley ya está vigente y se la considera muy importante teniendo en cuenta que en los próximos meses se planifica realizar varias licitaciones, que por supuesto se espera queden en manos sanjuaninas

– Diario El Zonda