Con la Ley aprobada, cualquier persona puede solicitar los datos que pertenezcan a cualquier esfera del Gobierno. Cada entidad deberá designar un responsable de cumplir con los pedidos.
Ahora que la Legislatura aprobó por unanimidad la Ley de Acceso a la Información Pública, cualquier persona real o jurídica (sin importar su nacionalidad) podrá solicitar a las entidades públicas los datos que generen, cualquiera sea su formato, de manera gratuita.
Esta normativa coloca un marco legal para solicitar la información a los organismos de los tres poderes, al igual que a empresas que sean prestadoras del Estado. Así, el solicitante debe recibir lo pedido antes de que pase un mes, pudiendo reclamar a una oficina de control si esto no ocurre.
Transparencia
La idea central es que la ciudadanía pueda controlar en los ámbitos que le interesan qué se está haciendo en las distintas esferas del Gobierno. Salvo algunas excepciones, todo registro puede ser solicitado para ser revisado: desde la nómina de empleados a los detalles de los gastos durante ese año, por ejemplo.
Los pedidos se pueden realizar a cualquier entidad del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial; además de las empresas vinculadas al Estado, las fiscalías, tribunales de Cuentas y el Departamento General de Irrigación. También se puede solicitar información a los prestatarios o concesionarios de servicios públicos o que exploten un dominio público.
El trámite
El solicitante deberá llenar un formulario, ya sea dirigiéndose hasta las oficinas correspondientes o por la web, aportando tres datos: a quién se le pide la documentación, una descripción de qué se busca y la información de contacto (nombre y apellido, domicilio y correo o teléfono). Si la entrega de lo pedido es inmediata, no será necesario completar ningún formulario.
Cada organismo deberá tener una persona encargada de atender las consultas directamente y organizar la información para entregarla. En el momento en que se solicita algún dato, la entidad deberá comunicar de inmediato si posee lo que se busca. No es necesario justificar los motivos por los que se piden esos registros y tampoco se podrá sancionar a quien quiera ejercer este derecho.
A partir de entonces, quien reciba la solicitud deberá pedir aclaraciones de qué busca el ciudadano, si surgen dudas, y estará obligado a asistir a la persona respecto de la búsqueda. Si, por ejemplo, la autoridad para entregar esos datos es otra, deberá reenviarse a quien corresponda la solicitud en menos de cinco días.
Una vez que la persona solicita la información, quienes la recibieron deberán responder en un plazo de 15 días, pudiendo solicitar una prórroga de otros 15 cuando sea necesario. La entrega será gratis y sólo se cobrará el costo de copiar o reproducir la información si el solicitante lo necesita.
Aun cuando la persona no tenga dinero para pagar la reproducción o no la abone por otros motivos, se le debe garantizar la visualización de los datos pedidos.
¿Y si no pasa nada?
Cada persona que haya pedido información puede reclamar si no obtiene respuesta o considera que lo recibido está incompleto o es inexacto. La denuncia puede realizarse dentro de los 40 días desde que le entregaron lo pedido o que venció el plazo.
En este caso deberá presentar un escrito a la Comisión Provincial de Acceso a la Información Pública y Transparencia Activa, indicando quién lo atendió, a quién le pidió la información y en qué fecha, junto con el nombre y DNI del solicitante y la solicitud que completó el primer día. Si la comisión considera válida la denuncia, el organismo será sancionado.
Sin embargo, hay casos en los que la ley permite que no se entregue la información: si se compromete la defensa nacional, lo solicitado está clasificado como secreto por la ley, se puede comprometer un procedimiento judicial o implica datos de menores. También están exentos los secretos comerciales, industriales o de propiedad intelectual; las investigaciones científicas aún no publicadas o si se viola el derecho a la privacidad.
Fin del proceso
Una vez que la información se entregue, también se publicará en las páginas web de esos organismos, para que esté disponible en caso de próximas consultas. En estos sitios también deberán figurar organigramas identificando a cada responsable de las distintas áreas.
La Provincia, en tanto, lanzará un Portal de Transparencia, dependiente del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, para facilitar el acceso a cada entidad y la búsqueda de lo publicado. También se colocará la información que se solicite con mayor frecuencia
Alexis Montivero – El Sol