Desde que a fines de 2017 se sancionó la modificación a la ley tributaria, se sabía que sería uno de los proyectos más ambiciosos de Cambiemos. Pese a ser graduales los ajustes se harán sentir en los bolsillos
La reforma tributaria es una de las patas fundamentales del paquete legislativo económico impulsado por el gobierno nacional y que apunta a reducir la presión impositiva en un lapso de cinco años.
1
Sin embargo, esta reforma tendiente a eliminar impuestos distorsivos y que afectan a los sectores productivos, al menos en una primera etapa generará que los incrementos sean más importantes que las rebaja que se producen al mismo tiempo por el reordenamiento de las cargas fiscales.
La ley promovida por el Poder Ejecutivo busca rebajar impuestos distorsivos, grava la renta financiera y modifica gravámenes internos y a los combustibles. La reforma es de carácter gradual y en un plazo de cinco años -es decir, hasta 2022- se espera un alivio en la presión tributaria equivalente al 1,5% del Producto Bruto Interno, con la intención declarada de alentar la inversión y la creación de empleo.
Sin embargo, subsisten muchos interrogantes sobre el resultado que tendrá en los bolsillos de los contribuyentes en especial en provincias como la de Buenos Aires.
LOS CAMBIOS
Entre las modificaciones aprobadas por la reforma impositiva se destaca los cambios en el impuesto a las Ganancias. La nueva norma reduce la tasa del impuesto para las sociedades de capital y los establecimientos permanentes (actualmente en el 35%) al 30% para los ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de este año hasta el 31 de diciembre de 2019 y se reducirá al 25% para los ejercicios posteriores.
Se gravan además los dividendos que distribuyan dichos sujetos con una alícuota del 7% y del 13%.
Se incrementa al doble la deducción especial para los sujetos autónomos que tengan una actividad independiente y las indemnizaciones y retiros voluntarios cuando los montos excedan los previstos en las normas laborales cuando quien lo recibe desempeñe cargos ejecutivos o directivos en empresas públicas o privadas según lo determine la reglamentación.
Se establece un impuesto cedular del 15% al resultado generado por la venta de inmuebles que reemplazará al impuesto a la transferencia de inmuebles, que alcanzará a aquellos inmuebles vendidos cuya adquisición hubiera sido realizada a partir del 1º de enero de este año.
También se suma un impuesto cedular que alcanza a la venta de acciones, cuotas y participaciones sociales, monedas digitales, títulos, bonos y demás valores. Si se realiza en moneda nacional sin cláusula de ajuste 5% y en moneda nacional con cláusula de ajuste o en moneda extranjera 15%. Y se crea un impuesto cedular a las colocaciones financieras que será del 5% para aquellas colocaciones sin cláusula de ajuste y del 15% para aquellas con cláusula de ajuste o en moneda extranjera
MONOTRIBUTO
Las modificaciones en el Monotributo comenzarán a aplicarse a partir del 1º de junio de 2018 y para el caso de las sociedades de la sección IV de la ley sobre sociedades no podrán ser monotributistas.
También se cambia el plazo de las recategorizaciones que serán semestrales y no cuatrimestrales como hasta ahora y se incrementa el precio unitario de venta a $ 15.000.00 en el comercio.
Con respecto al Impuesto al Valor Agregado, se amplía la base del tributo, incluyendo los servicios digitales prestados como Netflix y Spotify. Se rebaja a la mitad la tasa del IVA (del 21% a 10.5%) sobre los pollos, cerdos y conejos con intención de reducir los precios y darle un tratamiento igual que rige para la carne vacuna
Se reduce gradualmente el importe de las contribuciones patronales que pueden ser computadas como crédito fiscal (Decreto 814/2001) hasta su eliminación en el año 2021.
IMPUESTOS INTERNOS
Se reduce a 0% el impuesto para productos electrónicos porque dejan de considerarse de lujo y aumenta del 8% al 14% el impuesto a las cervezas industriales y se fija en un 8% para las artesanales.
En cigarrillos la alícuota será del 70% y el impuesto mínimo por atado será de $ 28 por envase de 20 cigarrillos.
En bebidas se mantiene la exención en vinos, se fija la alícuota en 26% para bebidas espirituosas y las que contengan cafeína y energizantes tributarán el 10%. Se establece un impuesto del 5% sobre lo facturado por servicios de telefonía celular y satelital al usuario. También se eximen del impuesto a los autos y motos de gama media y se mantiene la tasa del 20% para los de gama alta y aeronaves
Se establece la unificación gradual de la alícuota de contribuciones patronales fijándola en el 19.5%.
También se prevé que sobre la base imponible que se considera para determinar las contribuciones patronales se detraerá mensualmente un importe en el año 2018 de $ 2.400 hasta alcanzar los $ 12.000 en el año 2022.
REVALÚO
Se establece un revalúo contable e impositivo que tiene carácter optativo sobre determinados bienes integrantes del activo de los contribuyentes que permitirá actualizar el valor de los mismos. Para efectuar el revalúo impositivo se debe abonar un impuesto especial que variará entre el 8% y el 15% según el tipo de bien a revaluar. Este impuesto no es deducible de Ganancias y el resultado del revalúo no esta sujeto al referido impuesto.
EL PACTO CON LAS PROVINCIAS
Pero el punto de mayor impacto para los contribuyentes en especial los bonaerenses es el acuerdo con las provincias para reducir impuestos como Ingresos Brutos y sellos.
Ya la Legislatura bonaerense autorizó a sumarse al plan, que implica una reducción en las alícuotas por Ingresos Brutos (ver Enfoques Tributarios pág. 4 de este suplemento). Como contrapartida, el gobierno de María Eugenia Vidal dispuso un ajuste en las alícuotas de Patentes y del Impuesto inmobiliario que variará del 40 al 75 por ciento con un promedios del 56% en las partidas urbanas y de un promedio del 50 por ciento para los inmuebles rurales.
Esto se da en el marco de un revalúo sobre el valor de las propiedades que alcanza techos de hasta el 900 y 1.000 por ciento, que si bien no tendrán un impacto directo sobre el monto que se deberá pagar en lo inmediato, sí puede incidir en el impuesto a los Bienes Personales que pague la familia en 2019.
Datos
900%
Es el revalúo inmobiliarioYa comenzaron a llegar las facturas con las nuevas valuaciones tanto para los inmuebles rurales como urbanos bonaerenses. No tendrá impacto este año porque se fijó un tope del 75% a las subas. Puede afectar Bienes Personales en 2019.
10,5 %
Será la alícuota de IVARegirá para pollos, cerdos y conejos, para equipararlos con el valor de la carne vacuna. En cambio se amplía la base sobre la cual se aplica el tributo, incluyendo servicios digitales prestados por empresas como Netflix y Spotify.
5 %
A las transacciones financierasAlcanza a la venta de acciones, cuotas y participaciones sociales monedas digitales, títulos, bonos y demás valores. Si estas transacciones se realizan en moneda extranjera o con cláusula de ajuste tributará 15 %.
– El Día