Definió que fue irregular la forma de votación en la Legislatura rionegrina, ya que no se contó con los dos tercios necesarios para crear un nuevo municipio.
Casadei y Piccinini, en la sesión del 4 de diciembre de 2015 en la que se votó la ley.
El Superior Tribunal de Justicia declaró inconstitucional la ley que decidió la municipalización de Las Grutas haciendo suyo el argumento de la oposición legislativa que al momento de la sanción, en diciembre de 2015, cuestionó que no se hubiera contado con los dos tercios requeridos para la conformación de un nuevo municipio.
La situación que ahora consideraron los jueces provocó un escándalo en la sesión parlamentaria, ya que el oficialismo que impulsaba la escisión aprovechó la ausencia de dos legisladores del Frente para la Victoria para presentar el proyecto sorpresivamente, lo que generó fuertes discusiones. Sin embargo, en el instante final del debate, la entonces legisladora opositora, Silvia Horne, ingresó al recinto y reclamó que se le permitiera votar, lo que terminó generando un resultado final de 29 a 15.
Los pro municipalización festejaron la sanción, pero los que se oponían también celebraron los guarismos, ya que tendrían argumentos para recurrir a la Justicia.
Así lo hicieron varias autoridades tanto legislativas como del municipio de San Antonio Oeste. El STJ consideró solamente al intendente de esa ciudad, Luis Ojeda, como actor en la causa reclamando la inconstitucionalidad. La procuradora Silvia Baquero Lazcano, dictaminó a favor del trámite legislativo, pero ayer se conoció que el máximo cuerpo judicial consideró que se requería mayoría especial para sancionar la creación del nuevo municipio.
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– Diario Río Negro