Las ocho zonas concebidas en el reordenamiento territorial son: Urbana, Sub-Urbana, Rural Productiva, Agro-Industrial, Minera, Turística, Ganadera y Parque Industrial.
Ordenar el departamento en función de las zonas que están destinadas al hábitat y aquellas que están orientadas a la producción. Ése es el objetivo de la municipalidad de Angaco que esta semana ya tiene en vigencia un decreto que nació en el 2015, se aprobó en el Concejo Deliberante pero nunca fue publicado en el Boletín Oficial. Esta semana, ya vio la luz y ahora rige con un ordenamiento que permite una planificación del departamento en ocho zonas.
Se trata de las zonas: Urbana, Sub-Urbana, Rural Productiva, Agro-Industrial, Minera, Turística, Ganadera y Parque Industrial. El expediente número 2825 del año 2015 que daba vía a este ordenamiento fue remitido por parte del Ejecutivo Municipal con el fin de distinguir las distintas zonas en urbanas y complementarias y por otro lado las rurales.
Según detalla la ordenanza, el «Plan del Ordenamiento del Territorio Municipal» nació por la «necesidad de establecer un ordenamiento urbanístico, provisto de un instrumento técnico jurídico tendiente a cubrir las necesidades mínimas del ordenamiento físico-territorial, determinando estructuras, estableciendo normas de uso, ocupación y subdivisión del suelo, infraestructura básica».
LAS ZONAS
Zona Urbana
Villa del Salvador, área comprendida entre las calles:
Ontiveros: La Cañada
Divisoria
Olivera
Aguilera
Con excepción del terreno destinado a lagunas de drenaje de sistema de cloacas y bosques pertinentes, contemplando zona de exclusión 300 metros a la redonda.
Las Tapias, área comprendida entre las calles:
Nacional E. Perón (Norte).
21 de Febrero
B° Perón
Olivera (500 metros al Sur) de 21 de Febrero
Velázquez
Calle 21 de Febrero al Oeste de calle Nacional hasta el límite con el departamento Albardón, calle Costa de Vargas al Sur de 21 de Febrero hasta el Barrio Zoé Bustos.
Alamito, área comprendida entre las calles:
Divisoria y San Isidro, Barrio El Alamito, contemplando zona de exclusión de un radio de 500 mts.
La Cañada, área comprendida entre las calles:
Aguilera
España
Bosque
Ontiveros
Bosque: Zona B° El Bosque (radio de 500 mts).
Zona Sub- Urbana:
Plumerillo, área comprendida entre las calles: Nacional E. Perón al Norte de Aguilera hasta Punta del Monte.
Rural Productiva:
Calle Punta del Monte
Callejón Guerra
Calle El Bosque
Calle Belgrano
Agro- Industrial
Área entre calles:
Nacional E. Perón
Plumerillo
Olivera
Aguilera
Zapata
Áreas entre calles San Isidro y Divisoria
Minería
Calle Rosedal
Pie de Palo
Huellas Mineras
Turística
Reserva
Petroglifos
Bosques nativos
Huellas Mineras
Ganadera:
Zona 1: será la comprometida entre Calle Punta del Monte, desde Zapata a Rosental. Calle Nacional de Punta del Monte hacia sentido Norte hasta el final. Con excepción de un radio de mil metros establecidos de establecimientos escolares, puestos sanitarios, asentamientos poblacionales, etc.-
Zona 2: la comprendida entre calles Santa Elena, El Bosque, San Isidro y Divisoria. Con un radio de excepción de 500 mts sobre cualquier otra zona establecida.
Para el caso de cría y/o engorde de ganado mayor o menos, en cantidades de hasta 7 vacunos, 20 cabras, 5 caballos, 5 cerdos, 40 gallinas, etc. La autorización quedará supeditada a la autoridad de aplicación.
Parque Industrial
Áreas entre calles:
Nacional
Plumerillo
Santa Elena
Aguilera
– Diario la Provincia SJ