Santa Cruz. Apareció publicado en el Boletín Oficial nuevo coeficiente de la coparticipación

La falta de publicación de dicho instrumento generó un reclamo del intendente Giubetich, que podría originar un planteo judicial. El decreto del PEP establece la actualización de la distribución de los fondos en base al último censo del 2010, tal fue el pedido en la Cámara de Diputados.

El intendente Roberto Giubetich adelantó la semana pasada -hecho que confirmó el último domingo- que planeaba acudir a la Justicia por la aplicación del nuevo coeficiente de la coparticipación provincial que ya originó que al municipio de Río Gallegos ingresen 12 millones de pesos menos a lo esperado.
En ese sentido, adelantó que una de las observaciones legales que se están haciendo es que el descuento del monto para aplicar el nuevo coeficiente se hizo sin que el decreto del Poder Ejecutivo Provincial esté publicado en el Boletín Oficial.
Ayer, con fecha 2 de febrero, finalmente apareció ese instrumento legal publicado en el Boletín Oficial donde se refleja una resolución del Ministerio de Economía e Infraestructura de la provincia en el que actualiza el monto a coparticipar según los datos del censo del año 2010.

Cómo era el reparto- Giubetich había dicho a TiempoSur que presentará ante el Gobierno provincial una nota formal recordando que se incorporaron todos los barrios aledaños que eran zona rural y por lo tanto para el coeficiente, cuando se aprobó la ley en la Cámara de Diputados, no se tuvo en cuenta las otras 20.000 personas que ahora forman parte de Río Gallegos, tras la modificación del ejido urbano.
Pero qué sostiene el Decreto firmado por la gobernadora Alicia Kirchner. En principio, recuerda el dictado de la Ley N° 1494 por el que se instituyó el régimen de coparticipación de impuestos provinciales en Santa Cruz, posteriormente modificado mediante las Leyes N° 1.955 y 2.401.
El Artículo 1º de la Ley N° 1.494, texto actualizado, determina que los municipios y las comisiones de fomento reciben el 11% de los ingresos que percibe la provincia en concepto de coparticipación, con excepción de los importes que reciben bajo el rubro “Seguridad Social”.
También el 40% del producido de los impuestos a los ingresos brutos, a los actos y operaciones celebrados a título oneroso, juegos de azar y rifas; y el 7% de las regalías de petróleo y gas.
Asimismo, establece que previo al cálculo del precitado 40%, se procederá a deducir el 20% del total que se destinará al Fondo Especial para el Financiamiento de la Efectiva Intransferibilidad de la Caja de Previsión Social de la Provincia.

Según los censos- También recuerda que mediante el dictado del Decreto N° 3052, fechado el 17 de noviembre de 2003, se autorizó al ex Ministerio de Economía y Obras Públicas a fijar los coeficientes de coparticipación respecto de los municipios y comisiones de fomento, en el marco de la precitada Ley N° 1494.
En ejercicio de tales facultades se dictó la Resolución N° 1479 de fecha 5 de diciembre de 2003 mediante la cual el ex Ministerio de Economía y Obras Públicas fija los referidos coeficientes, de acuerdo a la cantidad de población de cada localidad según datos censales nacionales, a la vez que instruye a la Subsecretaría de Programación y Evaluación Financiera y a la Contaduría General a arbitrar las medidas tendientes a hacer efectiva tal distribución.
En cuanto al Despacho de Comisión N° 228 del año 2016, se sostiene que la Cámara de Diputados solicitó al Poder Ejecutivo que, a través del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, modifique los coeficientes vigentes de acuerdo a los datos censales nacionales del año 2010.
De esta manera, la Contaduría General solicitó intervención al Ministerio de Gobierno para que, a través de la Subsecretaría de Interior, informara la población total por localidad.
Posteriormente, la Subsecretaría de Interior remitió una planilla con la población actualizada de cada uno de los municipios y comisiones de fomento, elaborada de acuerdo a la información suministrada por la Dirección de Estadísticas y Censo dependiente de la Secretaría de Estado de Gestión Pública del Ministerio Secretaría General de la Gobernación.
En virtud de los datos obtenidos, la Contaduría General determinó los nuevos coeficientes a ser aplicados en la distribución de la coparticipación, de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 1494.
Por otro lado, se definió que corresponde actualizar la distribución del 11% de los ingresos que percibe la provincia, en virtud de la nueva cantidad de municipios existentes. Es así que obra el Dictamen N° 22 del 15 de enero de 2017 emitido por la Subsecretaría de Coordinación Administrativa y Jurídica del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura.
Finalmente, en base a todo esto, se resolvió: “Fíjense los nuevos coeficientes de coparticipación de impuestos respecto de las municipalidades y comisiones de fomento de la provincia de Santa Cruz de acuerdo a la planilla que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución”.

– Tiempo Sur