«No existen». «No están inscriptos en ningún lado». «No los podemos ubicar». Esas son las lagunas de las expresiones que los comerciantes reciben de las autoridades de Defensa del Consumidor cuando se hace referencia a la venta callejera en la ciudad de Salta.
Frente a esta situación y ante la fuerte reducción en las ventas que vienen teniendo los locales de distintos rubros, desde la Cámara de Comercio adelantaron que reclamarán una reunión con la Subsecretaría de Control Municipal y la Dirección de Rentas. «Esperamos que se controle la venta sin comprobantes y sin ningún tipo de pago de tributo y se retire a los manteros de la calle», destacó Rubén Barrios de la CÁMARA DE COMERCIO DE SALTA.
Barrios destacó que el 4 y 5 de enero se realizó un control sobre los vendedores ambulantes. «En aquel momento se logró retirarlos del casco comercial. Espero que ahora también se lleve adelante alguna medida teniendo en cuenta la fuerte baja en las ventas y que se vienen las compras para la canasta escolar», afirmo.
MULTAS DE HASTA $5 MILLONES
Desde este miércoles, y con la aplicación del plan Precios Transparentes, se informó que se aplicarán multas a los comercios que no cumplan con la medida de informar sobre los precios de compras, al contado y en cuotas.
«Se prohibe promocionar como sin interés la venta de algún producto que tenga algún financiamiento implícito y cualquier incumplimiento de esta medida que sea detectada por algún consumidor o inspector podrá ser sujeto a una multa, según la ley de DEFENSA AL CONSUMIDOR, de hasta $ 5 millones», advirtió el secretario de Comercio de la Nación, Miguel Braun. En ese sentido, dijo que, en caso de detectar irregularidades, los consumidores podrán «hacer la denuncia a la Dirección de Nacional de Defensa del Consumidor, a través del número 0800-666-1518, y se podrán aplicar multas de acuerdo a la ley de Defensa del Consumidor y de la ley de Lealtad Comercial de hasta $ 5 millones».
En la resolución 51-E, publicada el 25 de enero en el Boletín Oficial, la Secretaría de Comercio detalló las normas que rigen para el comercio.
En los considerandos de la Resolución 51-E se destaca que «en la actualidad es frecuente la publicidad de venta de productos bajo la modalidad de cuotas «sin interés»». En ese sentido, menciona que «el hecho de que no se diferencie el valor total de la suma de las cuotas del precio ofrecido por compra al contado, no implica que el costo de la financiación sea nulo», y que «en la estructura actual de financiamiento en cuotas, el costo financiero está implícito en el precio de los productos y servicios».
– El Tribuno de Salta