El Concejo Deliberante sancionó una ordenanza que prohíbe fumar en determinados espacios cerrados con acceso al público, del ámbito público y privado. Las sanciones van de 250 a 3 mil pesos, hasta la clausura del local por infracción reiterada en tres oportunidades en un año.
La ordenanza –que ahora debe ser promulgada en los próximos diez días por el intendente Facundo Sola– generó el desacuerdo de varios responsables de comercios involucrados, y la adhesión de otros varios vecinos no fumadores.
El proyecto había sido presentado por los ediles de la UCR–FRAP. Luego de ser analizado en comisión, fue aprobado en la pasada sesión.
Se prohíbe fumar en restaurantes, bares, confiterías, cybers, salas de recreación, paseos de compras cerrados, centros culturales, salas de teatro, cines, y espectáculos públicos que se realicen en espacios cerrados.
También en salas de fiestas o de uso público en general donde se permita la entrada a menores de 18 años. Tampoco se puede fumar en cabinas telefónicas, recintos de cajeros automáticos, y otros espacios de reducido tamaño.
Los concejales establecieron la prohibición en estaciones terminales y/o trasbordo de micro ómnibus de mediana y larga distancia; las oficinas y los edificios para oficinas de áreas públicas, fábricas de todo tipo; instituciones de salud públicas y privadas, instituciones educativas de todos los niveles y templos religiosos.
Se excluyen los patios, terrazas y espacios abiertos, y salas de fiestas cuando sean utilizadas para eventos de carácter privado.
Campañas.
También se prevé la realización de campañas de información y esclarecimiento sobre los riesgos del consumo del tabaco, campañas educativas para fomentar nuevas generaciones de no fumadores, difusión del conocimiento de las patologías vinculadas con el tabaquismo, y sobre los daños provocados por el tabaco.
Además, se promoverá la concientización de los fumadores pasivos sobre el derecho a respirar en un ambiente libre de humo y las posibilidades de adquirir diversas enfermedades por el contacto frecuente con el humo del cigarrillo.
Multas.
Los responsables de un establecimiento que expendan o provean cigarrillos, cigarros o tabaco en cualquiera de sus formas a menores de 18 años serán multados con 300 pesos.
Cuando no se realicen controles o hubiere conducta permisiva o por parte de representantes de locales o instituciones, se les aplicará una multa de mil pesos, y si no cumplen con la obligación de informar, entre 250 a mil pesos. Cuando un establecimiento registre tres multas en un año, será sancionado con la clausura por 30 días.
– La Arena