Lo dictó el Tribunal de Cuentas y contiene toda la documentación al día que deben presentar, al 30 de noviembre, los intendentes que se van a los que vienen a asumir la función, delante de funcionarios del Tribunal de Cuentas.
Los intendentes salientes ya no podrán dejarle toda la responsabilidad al que viene llegando a la función, como ocurrió en otras oportunidades, ya que el Tribunal de Cuentas de la provincia emitió un instructivo de 13 puntos, que contiene una serie de documentación que deberán entregarle a su sucesor antes de dejar sus sillones.
“Es que la experiencia nos muestra que hay que ser muy cuidadosos en esta etapa, ya que el intendente que entra a la función pública es el responsable de presentar la cuenta del ejercicio que administró el intendente que se fue, y siempre eso genera problemas”, dijo ayer el presidente del órgano controlador del Estado, Isaac Abecasis.
La asunción de las nuevas autoridades se produce el 10 de diciembre; el cierre fiscal del ejercicio 21 días después; y el intendente que asuma tiene que recibir la documentación en orden para que no se generen desacoples en la función, que nadie cargue con la responsabilidad que no le corresponde y que estén vigilados los fondos públicos.
“La intención es que el funcionario saliente tenga sus cuentas al día hasta el momento de entregar el poder”, dijo Abecasis, quien explicó que “se ha emitido un instructivo con algunos detalles administrativos y contables que tienen que quedar en orden y con la intención de que tengan la situación clara tanto el funcionario saliente como el entrante, que es quien se hará cargo de rendir las cuentas antes del 20 de abril del año siguiente”.
Según Abecasis: “Esto es como los árbitros. No queremos que a nadie se le vaya el partido de las manos para conveniencia y comodidad primero de los funcionarios que se van y de los que vienen, y en beneficio de la comunidad también, para que estemos todos seguros de que no haya perjuicios ni cosas mal hechas, sin intención que causen problemas a la comunidad, que es la dueña de los recursos”.
“Si las cuentas están ordenadas después no hay necesidad de tener que lidiar con procedimientos que se vuelven voluminosos, como los hemos tenido de 25 ó 26 cuerpos de expedientes, que se terminan resolviendo en 5, 6 ó 10 años, que es algo que a nadie le interesa”, aseguró.
La experiencia indica que en anteriores recambios de funcionarios “hubo problemas serios”, y quienes llegaron a la función se negaron a hacerse cargo de la administración anterior, lo que generó diversos problemas de tipo procesal al Tribunal e inconvenientes para hacer los reclamos correspondientes.
La idea es que “todos deben seguir al pie de la letra el instructivo, porque haciendo eso nadie va a tener ningún problema”, aseguró Abecasis, quien, no obstante ello, reconoció que “por ser un instructivo no es obligatorio, pero es un buen antecedente si después alguien no cumple y sus cuentas presentan problemas”.
El tema es que el Tribunal de Cuentas no hace un control concomitante de las cuentas de los municipios ni de las otras reparticiones, como sí lo hace la Contaduría General de la Provincia en las reparticiones del Gobierno a través de los agentes fiscales.
El Tribunal hace un control inmediato posterior, “pero nosotros hemos hecho una fuerte política de ir acompañando a las administraciones a los efectos de prevenir posibles perjuicios y procedimientos irregulares”, aseguró el presidente del organismo.
El problema es que “hay municipales de todo tipo en materia de administraciones. Hay municipios que tienen las cuentas sin aprobar de varios periodos. Hay algunos funcionarios que están con juicios de responsabilidad que están en proceso”, dijo Abecasis.
Además, “así como hay algunas intendencias con problemas, hay algunas que cambian de color político y no queremos tener problemas, por lo que la idea es que este instructivo deje las cosas en claro, de modo que si hay alguna responsabilidad sea asumida por quien le corresponda y que el personal del municipio técnico especializado pueda colaborar para que se produzca esta información, que por ley es exigible”.
Delante del controlador
Pero para que el proceso sea más claro aún, el Tribunal dispuso que el traspaso de la información requerida en el instructivo sea realizado ante la presencia de funcionarios del órgano de control.
“No es que nos queramos dar el título de fiscales o de supervisores, pero pensamos que sería mejor si todo se hace con el apoyo de nuestro personal especializado para explicar lo que sea necesario”, manifestó el presidente de dicho organismo.
Por eso es que “hemos ofrecido las instalaciones del Tribunal, para que se hagan los traspasos de información y hemos establecido un cronograma con turnos para que cada municipio venga por separado a hacer sus traspasos de información en nuestras oficinas, con lo que pensamos que estamos dándole al proceso aún más claridad”.
Capacitación
Por otra parte, el titular del organismo controlador, informó que “estamos en plena etapa de ejecución de un programa recordatorio de las funciones del Tribunal para conocimiento de los intendentes y concejales y funcionarios que van a asumir, para que tengan en claro las normas que hacen a los procedimientos contables y de la percepción e inversión de los fondos públicos”.
Si bien dijo que “naturalmente es voluntario”, Abecasis le dio el valor de “esclarecedor tanto para el controlado como para el controlador” al curso, porque “es muy bueno que los dos extremos del proceso tengamos claridad sobre las normativas que rigen el control del uso de los fondos públicos”.
Prudente, Abecasis sostuvo que “la idea no es capacitar, porque eso no sería modesto, sino por lo menos informar sobre la naturaleza de la competencia del Tribunal y la transmisión de la experiencia que tenemos”.
Para el resto de las reparticiones, el traspaso de un funcionario a otro “es mucho más complicado por el sistema de funcionamiento y la existencia del TRADFIN que es el programa administrativo contable que utiliza el Estado y por el cual está todo computarizado y no tiene el esquema y la organización que tiene un Estado municipal”.
Igualmente, el titular del órgano de la Constitución dijo que “estamos buscando la forma de ampliar los talleres para los funcionarios que quieren asistir para saber más y darle orden a este tema administrativo patrimonial, que se puede hacer con buena voluntad”.
Un reglamento de 13 puntos
1.- Presupuestos vigentes durante los ejercicios 2006 y 2007.
2.- Estado de las cuentas generales presentadas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
3.- Ejecución presupuestaria del Presupuesto de recursos y gastos, en el que se detalla el presupuesto vigente. Ejecución al 30/11/2007. Saldo pendiente y porcentaje de ejecución.
4.- Balances mensuales al mes de noviembre de 2007 y acumulado al 30/11/2007.
5.- Detalle de las contrataciones que comprometen ejercicios futuros y vencimiento de las mismas.
6.- Planta de personal permanente presupuestada, ocupada y contratada al 30/11/2007.
7.- Conciliaciones bancarias al 30/11/2007.
8.- Pasantes que se desempeñan en el municipio.
9.- Inventario de créditos y deudas.
10.- Deudas y compromisos que afectan a ejercicios futuros.
11.- Si ha sido elaborado y ha sido aprobado por el Concejo Deliberante el Presupuesto General de Recursos y Gastos para el Ejercicio Fiscal 2008. Acompañar copia del mismo.
12.- Inventario de bienes al 31/12/2006 y variaciones patrimoniales al 30/11/2007.
13.- Las autoridades salientes deberán entregar al día 10 de diciembre, parte diario de tesorería y arqueo de fondos y valores al día 9/12/2007.
– EL ZONDA