Río Tercero. Nuevas definiciones para la Carta Orgánica

La Convención Municipal definió en su sesión del jueves varios nuevos puntos que quedaron aprobados para la Carta Orgánica de Río Tercero.

Uno de los artículos establece que “quienes consienten o ejecuten actos de esta naturaleza serán considerados infames traidores al orden constitucional” y que “a los habitantes de Río Tercero les asiste el derecho de resistencia en defensa de la Carta Orgánica”, es decir, del orden constitucional local.

También se aprobó la “potestad tributaria” de la Municipalidad local por lo que lo habilita “a crear los impuestos que estime procedentes respetando los principios constitucionales”. Otro punto aprobado está relacionado al Juzgado Municipal de Faltas, estableciendo que los jueces serán designados por dos tercios del Concejo Deliberante (y no ya por el intendente) en base a un orden de mérito tras un concurso de antecedentes entre los aportantes. ya se había aprobado antes que los jueves de Faltas serán dos y no uno como ahora, aunque resta definir si esa innovación regirá desde este año o en un plazo superior.

Por último, se aprobó que la Carta Orgánica establecerá que el nombre oficial de la ciudad será por siempre “Río Tercero”, reconociendo además taxativamente como fecha de fundación la del 9 de setiembre de 1913 y a Modesto Acuña como su fundador.

– LA VOZ DEL INTERIOR